15-M

Voto por correo elecciones Castilla y León: cómo solicitarlo y enviar tu papeleta paso a paso

Este es el proceso en el caso de que no puedas acudir el 15-M a un colegio electoral

Voto por correo
Voto por correoEuropa Press

Este próximo 15 de marzo se celebran las elecciones para elegir presidente en Castilla y León. Tras agotarse el ciclo de cuatro años el pasado 19 de marzo Alfonso Fernández Mañueco convocaba estos comicios que van a ser importantes para el devenir del Gobierno de España, tras los vividos recientemente en Extremadura y Aragón.

Pero qué pasa si ese día, uno no puede acudir al colegio electoral para depositar su voto. Pues puede hacerlo por correo, aunque debe seguir unas pautas sencillas que vamos a tratar de explicar. Eso sí, existe una fecha límite, ya que el plazo para solicitarlo concluye el 5 de marzo y para emitir el voto el 11 del mismo mes.

Lo primero que hay que hacer es solicitar un Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de Castilla y León. Es un requisito necesario y se puede solicitar de dos maneras. Por un lado, vía telemática, a través de la web de "correos.es", y siempre acreditando la identidad del elector. Para ello es imprescindible contar con un DNI electrónico y la firma electrónica.

También se puede realizar de manera presencial en cualquier oficina de Correos, presentando el DNI o el pasaporte. Allí se solicita el impreso para votar por correo. En el caso de que uno no pueda acudir, tipo enfermedad por ejemplo, esta solicitud puede ser presentada por otra persona pero con una autorización notarial, cuyo servicio sería gratuito.

A partir de entonces Correos remite la solicitud del voto por correo, en un plazo de tres días a la Oficina del Censo Electoral y al "votante" le llegará al domicilio un impreso con la siguiente documentación:

Un certificado de inscripción en el censo; un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le corresponda votar; una hoja dónde se explica como debe votar.

Una hoja explicativa del procedimiento de votación.

Y ya como si estuviera en el colegio electoral, emite su voto, introduciendo en el sobre la votación y el certificado del censo. Seguidamente acude a una oficina de Correos, remitiéndolo por correo certificado pero antes del 11 de marzo.

Correos conserva hasta el 15 de marzo todos los votos y los trasladará ese mismo día a partir de las nueve de la mañana a las Mesas Electorales.

Para pedir esta opción lo pueden hacer aquellos electores residentes en España y los residentes en el extranjero con derecho a voto que estén temporalmente en España pueden pedir el voto por correo. Los residentes en el extranjero deben emitir sus votos a través de los procedimientos CERA/ERTA.