Opinión

Falsas creencias sobre la remunicipalización

Cristóbal Valderas

Últimamente el término «remunicipalización» ha generado cierto debate en el contexto político, donde algunas voces han defendido la necesidad de «remunicipalizar» servicios públicos en algunos ayuntamientos y entidades públicas. Sin embargo, es necesario aclarar que el término «remunicipalización» no es del todo correcto, ya que los servicios públicos competencia de las administraciones ya están municipalizados, solo que se ha optado por un modelo de gestión indirecta según el cual los servicios públicos son gestionados por empresas externas, seleccionadas por vía de procedimientos de licitación reglados. Es decir, ya son públicos. Por lo tanto, sería más correcto hablar de «reinternalización» que de «remunicipalización» de un servicio al referirnos al paso de un modelo de gestión indirecta a uno de gestión directa por parte de una Administración.

Sin embargo, no hay que olvidar que cada ente público debe velar por que sus servicios sean gestionados de la forma más sostenible y eficiente posible, y la gestión indirecta ha demostrado ser un modelo que, en muchos casos, supone una mayor eficacia y ahorro de costes con respecto a la gestión directa. Muestra de ello es el hecho de que muchas administraciones optan por esta fórmula, ya que aporta grandes ventajas no solo a la propia Administración, sino también al conjunto de la sociedad en términos tanto económicos como laborales, entre otros.

Entre las ventajas económicas más destacables de la colaboración con el sector privado se encuentra la capacidad de innovación y flexibilidad de las empresas, que son capaces de incrementar la eficacia y eficiencia de sus recursos de forma continua y, por lo tanto, optimizar costes. Asimismo, mediante la colaboración público-privada, las administraciones tienen acceso a la capacidad inversora del sector privado, sin necesidad de incrementar su endeudamiento.

Por otra parte, es importante desmentir la idea de que las empresas gestoras de servicios públicos ofrecen salarios bajos y empleos de peor calidad con respecto al sector público. Los salarios de los trabajadores de estos servicios no los designa la empresa gestora, sino que vienen estipulados por vías ajenas a las compañías y condicionados por los presupuestos con que se dotan las licitaciones, que son fijados por los diferentes entes públicos. Hay que entender que, principalmente, las condiciones salariales se estipulan en los convenios colectivos y por tanto, son producto de la negociación de los representantes de los trabajadores y la patronal. Estos convenios pueden ser de ámbito estatal, autonómico, provincial, municipal, e incluso afectar únicamente al centro de trabajo, por lo que existen diferencias en las tablas salariales definidas en los mismos.

Dignificar profesiones esenciales

En este sentido, Clece tiene una fuerte apuesta por la dignificación de profesiones tan esenciales como el cuidado de personas dependientes, defendiendo una mejora laboral para estas profesiones. Y sin dejar el ámbito de los trabajadores de este tipo de servicios públicos, otra ventaja indudable es que la gestión indirecta permite incorporar trabajadores procedentes de colectivos desfavorecidos sin ningún tipo de limitación, como la que sí tienen las administraciones públicas, mucho más restringidas a incorporar en sus plantillas a personas pertenecientes a estos colectivos.

Es más, «remunicipalizar» ciertos servicios públicos conllevaría un efecto negativo en el ámbito presupuestario de las administraciones al engrosar la plantilla municipal con nuevo personal que, al no haber accedido a la Función Pública mediante un concurso o procedimiento reglado bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad, ocasionaría un conflicto con el personal preexistente e incrementaría los costes del presupuesto municipal.

Precisamente por esta situación, algunas administraciones tratan de llevar a cabo la «remunicipalización» por medio de empresas públicas. Incluso, en múltiples ocasiones, utilizando meros entes instrumentales participados por varias entidades públicas, que no pueden entenderse legalmente como medios propios, y cuyo único fin es conglomerar servicios que tradicionalmente eran licitados en escenarios de libre competencia y concurrencia. Es evidente, que la ausencia de competencia, es decir, de pluralidad de propuestas que persiguen una mejor relación calidad-precio en la prestación de dichos servicios, va en detrimento de la eficiencia y eficacia que se debe exigir en el uso de los presupuestos públicos. Además, muchos de estos procedimientos se encuentran en discusión en el ámbito judicial, con resoluciones que coinciden con estos argumentos.

Por último, cabe señalar que la flexibilidad en la actuación de la empresa privada es mayor que la del sector público, lo que facilita las actuaciones de urgencia, como hemos podido observar a lo largo del último año durante la crisis sanitaria. Además, el grado de especialización de las empresas privadas, como es el caso de Clece, les permite proponer a sus clientes aquellos sistemas de trabajo más eficaces, impulsar la optimización de los servicios, desarrollar sistemas de control de calidad e implementar servicios más sostenibles. En definitiva, la gran mayoría de los servicios públicos, con los que contamos a día de hoy, no habrían alcanzado los niveles de calidad actuales sin la colaboración de la iniciativa privada.