
Código Penal Militar
Un tribunal militar juzgará a un guardia civil por una supuesta "desobediencia leve"
El agente podría ser condenado a un año de cárcel en la prisión militar de Alcalá Meco por lo que, en un principio, se consideró una "falta leve"

El Tribunal Militar Primero de Madrid juzgará a un guardia civil por una supuesta desobediencia leve. Así lo ha denunciado la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC), que recuerda que una vez más hay que "lamentar la aplicación abusiva del Código Penal Militar" a un agente. Es más, el fiscal militar solicita un año de prisión.
"Nuestro compañero será juzgado el próximo 24 de junio en el Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid como autor de un presunto delito militar de desobediencia y podría ser condenado a un año de cárcel en una prisión militar a causa de simple malentendido laboral con un teniente ocurrido en 2019", relatan desde esta asociación.
La "víctima" de esta "práctica abusiva", señalan, prestaba servicio de recogida de denuncias en horario nocturno en el Cuartel de Cartagena y un oficial le comentó que debía dejar el trabajo encomendado para convertirse en su conductor e ir a "vigilar" al resto de compañeros que también trabajaban. En ese momento el guardia civil, que en ningún momento se negó a cumplir la orden, objetó que tenía mucho trabajo de instrucción de diligencias, por lo que el oficial decidió ir acompañado de guardia civil del citado cuartel.
Un "desacuerdo" o malentendido en el que, sin mediar siquiera incidente verbal alguno, fue creciendo como una "bola de nieve". Inicialmente no se consideró grave el hecho, ya que el teniente denunció una falta leve al Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, pero sus superiores elevaron su calificación primero a falta grave, después muy grave y finamente delito militar de desobediencia.
En este punto, denuncian que el agente, con más de 30 años de servicio y sin ninguna sanción disciplinaria ni penal, ha sido objeto de una humillación durante 5 años con la instrucción de un sumario militar, en el que el fiscal militar ha solicitado una condena de un año de prisión por un supuesto delito militar de desobediencia. En su caso, el guardia civil ingresaría en la prisión militar de Alcalá-Meco.
Código Penal Militar obsoleto
Desde la AUGC llevan años trabajando para que el Código Penal Militar no sea de aplicación a los guardias civiles en el ejercicio de sus funciones policiales. Hay que recordar que la Guardia Civil es un cuerpo policial y sus misiones suponen prácticamente el 99% de su trabajo. Y si bien es verdad que este código dejó de aplicarse a los guardias en 2007, la reforma de 2016 supuso nuevamente la aplicación completa de este a los guardias civiles, un enorme paso atrás en los derechos de los guardias civiles y en el avance del Cuerpo hacia su modernización.
Hasta el año 2016, únicamente se le podía aplicar el Código Penal Militar a los trabajadores del Cuerpo en situaciones de Estado de Sitio, durante conflicto armado, en misiones militares en el extranjero o mientras se encuentren integrados en unidades de las Fuerzas Armadas. No se trata de "desmilitarizar la Guardia Civil" como indican los detractores de este Cuerpo, sino de aplicar el Código Penal Militar a los guardias civiles solo en misiones militares y no en las misiones de seguridad ciudadana.
Otra práctica abusiva, a su juicio, es la desproporción de los hechos denunciados, de modo que es muy habitual que se califiquen como posible delito militar situaciones del servicio que no pasan de ser infracciones al Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, elevando artificialmente el castigo y desde luego la "agonía" que sufren los enjuiciados.
Campaña institucional
Desde 2016 la Asociación Unificada de la Guardia Civil ha mantenido entre sus objetivos revertir esta situación y regresar al Código Penal Militar que se aplicaba a los guardias civiles únicamente en el cumplimiento de las misiones militares encomendadas y reguladas en el Real Decreto Real Decreto 1438/2010, de 5 de noviembre, sobre misiones de carácter militar que pueden encomendarse a la Guardia Civil.
En 2025, Sumar registró una Proposición de Ley sobre modificación de la Ley Orgánica 14/2025, de 14 de octubre, del Código Penal Militar. Lógicamente al tratarse de una Ley Orgánica obliga a obtener una mayoría absoluta en el Congreso de Los Diputados. Hay que especificar que las infracciones disciplinarias se continuarían juzgando por el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, los delitos ordinarios por el Código Penal y los delitos cometidos en el ámbito militar o misiones militares exclusivamente por el Código Penal Militar, es decir, ninguna conducta irregular quedaría sin ser juzgada.
Por todo ello, la asociación ha realizado una campaña institucional con casi todos los grupos parlamentarios en el Congreso y con los Diputados de todo el territorio nacional, para explicar la injusticia de la aplicación del Código Penal Militar a los Guardias Civiles en misiones no militares y la oportunidad de revertir esta situación de un modo definitivo. Prácticamente, todos los partidos políticos han acogido esta iniciativa como razonable y justa y esperamos su voto favorable en el Congreso de los Diputados
Por último, desde la AUGC quieren mostrar su apoyo tanto al compañero como a su familia, que ven cómo "su carrera profesional y su vida familiar se han truncado con la abusiva calificación de un desencuentro laboral que podría llevarlo a cumplir un año de prisión", una pena que no cumplen otros delincuentes por delitos muchos más graves.
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