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Tribunales

La verdad sobre el permiso de Alfonso Basterra, padre de Asunta: esto dice el auto del juez

Se le permitió salir cuatro días tras un impecable expediente: "Su conducta penitenciaria no es susceptible de reproche"

Alfonso Basterra y Rosario Porto durante la primera jornada del juicio que se ha celebrado esta semana en Santiago larazon

La Sección número 5 de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal de Instancia de Salamanca concedió a Alfonso Basterra su primer permiso para salir cuatro días de la cárcel de la localidad castellano-leonesa de Topas, tal y como recoge un auto, del pasado 24 de marzo, al que ha tenido acceso LA RAZÓN.

Ahora, la autorización ha quedado en suspenso hasta que la Audiencia Provincial de Salamanca resuelva el recurso de apelación interpuesto en que la Fiscalía reclama dar marcha atrás a la resolución.

El magistrado así lo había decidido tras estimar una queja de su abogada, Miriam Fraga, contra la negativa de la Junta de Tratamiento de Instituciones Penitenciarias (que forma el director de la cárcel y profesionales como psicólogos y trabajadores sociales) a concederle esta salida temporal de la prisión. A esa oposición se sumo, asimismo, el Ministerio Fiscal.

Basterra, condenado en 2013 por el asesinato de su hija Asunta, lo disfrutará en el domicilio de un matrimonio amigo y en la segunda y tercera jornada tendrá que comparecer ante las Fuerzas de Seguridad del Estado. Además, a su regreso, se le someterá a un test de tóxicos como medida de control.

El juez de vigilancia penitenciaria apunta a que su temporal salida a la calle "permitirá revelar y reevaluar la eficacia del tratamiento, y la consolidación o no de los factores positivos" que concurren en su proceso de reinserción. "El fin resocializador debe ser observado en la situación de permiso", destaca la resolución.

Además, se ha tenido en cuenta que Basterra ha cumplido ya dos tercios de la pena y esta se extinguirá totalmente en el año 2031, tras 18 años de encarcelamiento.

Así como que realizó "con buena actitud y resultado" el programa de Intervención de Conductas Violentas y su expediente como interno dentro del módulo de respeto presenta un "buen resultado". "La conducta penitenciaria no es susceptible de reproche, a la vista de las actividades realizadas y la valoración de los técnicos". El progenitor de Asunta presenta un "riesgo bajo".

Hay que recordar que la legislación -Ley Orgánica General Penitenciaria- establece la posibilidad de conceder permisos de salida de hasta siete días "como preparación para la vida en libertad", previo informe del equipo técnico, a los condenados de segundo o tercer grado, que hayan extinguido la cuarta parte de su condena y no observen mala conducta".