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Estafa

Condenado por inventar una clínica dental y estafar 160.000 euros a su pareja tras conocerla en Facebook

Mantuvo durante años una relación sentimental con la víctima y elaboró documentos falsos y excusas médicas para conseguir sucesivos pagos

La Audiencia de Ourense.
La Audiencia de Ourense.Europa Press

La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre que estafó 160.000 euros a una mujer a la que había conocido a través de Facebook y con la que llegó a mantener una relación sentimental. El acusado se hizo pasar por profesional del sector odontológico y socio de una clínica dental para convencerla de que invirtiera en un supuesto negocio que nunca existió.

La sentencia considera probado que el hombre urdió durante años una compleja trama de engaños para obtener dinero de la víctima, recurriendo a documentos falsificados, promesas de beneficios empresariales y diversas excusas relacionadas con problemas judiciales o de salud.

Además de la pena de prisión, el tribunal le impone una multa de diez meses y le obliga a devolver a la perjudicada los 160.000 euros que recibió, así como a indemnizarla con 4.000 euros por el daño moral sufrido.

Relación nacida en Facebook

Según recoge la resolución judicial, ambos se conocieron en torno a 2020 a través de la red social Facebook. Con el paso del tiempo iniciaron una relación sentimental que generó entre ellos un clima de confianza que el acusado aprovechó para poner en marcha la estafa.

El hombre aseguraba ser protésico dental y socio de una clínica odontológica en Ponferrada, de la que supuestamente poseía una participación empresarial. Bajo esa apariencia, ofreció a la mujer compartir el negocio y repartir los beneficios al 50 %, a cambio de adelantos económicos para afrontar supuestos gastos relacionados con la empresa.

A lo largo de la relación fue solicitando dinero con distintas excusas: pagos a gestorías, problemas judiciales, ingresos hospitalarios o gestiones para desbloquear grandes cantidades de dinero que supuestamente iban a cobrar en breve.

Documentos falsos y terceras personas

Para dar apariencia de credibilidad a sus promesas, el acusado llegó a redactar varios documentos en los que reconocía deudas con la víctima o supuestamente cedía parte de su participación en la clínica. En uno de ellos incluso simulaba la intervención de un notario para garantizar la devolución del dinero.

El engaño se reforzaba además con mensajes enviados por terceras personas —o al menos perfiles que se hacían pasar por ellas— que afirmaban ser empleados de la clínica, conocidos del acusado o incluso personas vinculadas a autoridades policiales o judiciales. Con esas comunicaciones se pretendía convencer a la mujer de que el negocio era real y que los pagos eran necesarios para desbloquear futuras ganancias.

La víctima llegó a entregar el dinero en numerosas ocasiones, en efectivo o mediante pequeñas cantidades, hasta alcanzar los 160.000 euros.

La situación se prolongó hasta principios de 2023, cuando la mujer ya no podía seguir entregando dinero. Tras contar lo sucedido a su familia decidió denunciar los hechos ante la policía.

El tribunal considera acreditado que el acusado ideó un engaño suficientemente elaborado para vencer la resistencia de la víctima y provocar el desplazamiento patrimonial. Para las magistradas, los documentos firmados por el propio acusado y las conversaciones aportadas al proceso corroboran el fraude y demuestran que simuló una solvencia económica de la que en realidad carecía.

Reincidente en delitos de estafa

La sentencia también aprecia la agravante de reincidencia, ya que el condenado tenía antecedentes por delitos de estafa y falsificación documental, cometidos antes de los hechos ahora juzgados.

A la hora de fijar la pena, la Audiencia ha tenido en cuenta la cuantía del dinero defraudado —muy superior a los 50.000 euros que marcan el agravante penal—, el perjuicio causado a la víctima y la forma planificada con la que se desarrolló el engaño durante varios años.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.