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Sentencia
Condenado un profesor en Galicia por tocar los genitales a un alumno en plena clase
La Audiencia de Pontevedra le impone dos años de cárcel y siete de inhabilitación tras considerar “indudable” el carácter sexual del contacto con un menor de 13 años

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a dos años de prisión a un profesor por un delito de agresión sexual a un menor de 16 años tras considerar probado que tocó los genitales de un alumno durante una clase. La información, de carácter público, ha sido difundida este martes por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
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Los hechos ocurrieron en 2023 en un centro educativo de la provincia, cuando el docente se aproximó al menor, que tenía 13 años, y, de forma sorpresiva, le tocó la zona genital durante el desarrollo de una actividad en el pabellón deportivo.
Uno de los puntos clave de la sentencia es que los magistrados rechazan que el contacto fuese casual. La Sala considera “indudable” el carácter sexual de la acción, subrayando que el tocamiento se produjo en una zona claramente genital y que no puede justificarse como un roce accidental, pese a su breve duración.
El fallo se apoya en la credibilidad del testimonio del menor, que el tribunal califica de coherente, persistente y sin contradicciones relevantes. Además, destaca que el alumno comunicó lo ocurrido a su familia de forma inmediata al salir del centro, lo que refuerza la fiabilidad de su relato.
Testigos y pruebas
Durante el juicio, otro estudiante que se encontraba en la clase aseguró haber presenciado el momento, indicando que el profesor dirigió la mano hacia la zona íntima del compañero en un gesto que le pareció “un poco intencionado”.
A esta declaración se suman informes periciales que avalan la consistencia del relato del menor, destacando que no existen indicios de invención o manipulación. El tribunal recuerda que, en este tipo de delitos, la declaración de la víctima puede ser suficiente para fundamentar una condena si cumple criterios de fiabilidad.
Además de la pena de prisión, la sentencia impone al docente: siete años de inhabilitación para trabajar con menores; cinco años de libertad vigilada tras cumplir la condena; y el pago de 700 euros en concepto de daños morales.
La Audiencia considera que el sufrimiento del menor deriva directamente del hecho delictivo, lo que justifica la indemnización aunque no existan secuelas físicas. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el TSXG.
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