Movilidad urbana

Lo que debes saber antes del sábado si tienes un patinete eléctrico

Entran en vigor las nuevas normas que afectan a esta clase de vehículos. Prohibido circular por las aceras y sus conductores podrían pasar controles de alcohol y drogas

La difícil convivencia entre peatones y patinetes eléctricos se saldó con más de 8.000 multas el año pasado en Barcelona
La difícil convivencia entre peatones y patinetes eléctricos se saldó con más de 8.000 multas el año pasado en BarcelonaJ.J. GuillénAgencia EFE

El próximo 2 de enero de 2021 entrarán en vigor las primeras normas que regulan el uso de los VMP, vehículos de movilidad personal, es decir, vehículos como los patinetes eléctricos que han invadido las calles de las ciudades en los últimos meses. A partir de ahora, son definidos y considerados vehículos a todos los efectos, por lo que estarán obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos e incluso los conductores podrán ser requeridos para pasar controles de alcoholemia o drogas. Quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.

Los patinetes deben circular entre 6 y 25 km/h y nunca podrán hacerlo por las aceras. También tendrán prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. De momento, está en estudio la necesidad de tener un seguro obligatorio (ahora es voluntario, pero muy recomendable), que haya que superar algún tipo de prueba o examen o el uso de casco o chalecos reflectantes.

También será obligatorio dentro de dos años un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos que se incluirán en el manual de características que próximamente recogerá una resolución de la Dirección General de Tráfico. Este certificado será obligatorio dos años después desde que se publique la citada resolución.