Minería

La Intervención del Estado revisará todo el procedimiento sobre Aznalcóllar

La jueza pide a tres bancos los «movimientos dinerarios» de las compañías integradas en el conglomerado que ganó el concurso

La jueza pide a tres bancos los «movimientos dinerarios» de las compañías integradas en el conglomerado que ganó el concurso

Vuelta a empezar en el proceso judicial en torno a la adjudicación de la mina de Aznalcóllar. Después de que la Audiencia Provincial de Sevilla instara a reabrir el caso, en un auto cuya ponente fue la magistrada Mercedes Alaya, la titular del juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla, Patricia Fernández –que llegó a archivar la causa en noviembre de 2015–, pone el contador a cero y deja en manos de la Intervención del Estado la revisión de todo el procedimiento por el que la Junta de Andalucía otorgó la apertura de la mina a la agrupación empresarial México-Minorbis. En una providencia, a la que tuvo acceso LA RAZÓN, la magistrada reclama el «auxilio judicial de la Intervención General del Estado» para que realice «un dictamen completo sobre la validez de la normativa que regula el concurso».

En concreto, pide que examine el Decreto-Ley 9/2013, de 17 de diciembre, por el que «se articulan los procedimientos necesarios para la reapertura de la mina». También la resolución de 13 de enero de 2014 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que «se convoca concurso público para la adjudicación de las actividades extractivas de explotación de los recursos existentes en la reserva minera». Junto a ello, exige que se analicen otros procedimientos de diversos departamentos y documentación relativa al concurso. En este punto, reclama que se revise el procedimiento seguido «desde la revisión inicial de solicitudes hasta la conformación de las sucesivas fases administrativas». Aquí incluye los trabajos desarrollados por la Comisión Técnica y la Mesa de Contratación, que «concluyen en la resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de 25 de febrero de 2015, que adjudica a la entidad Minorbis-Grupo México la preferencia en las actividades extractivas»; la documentación presentada para la aceptación de la adjudicación el 11 de mayo de 2015 y el informe de la Dirección General de Industria, Energía y Minas sobre la aceptación el resultado del concurso.

Por otra parte, la magistrada pide a tres bancos que «aporte el listado de todos los movimientos dinerarios obrantes desde su apertura» en las cuentas de Minorbis, AMC Mining Iberia y Minera los Frailes, «con identificación del origen y destino de las transferencias emitidas y recibidas que se hayan registrado en dichas cuentas desde el 1 de enero de 2013». También reclama a la Tesorería General de la Seguridad Social que aporte un listado de «todas las personas que sean o hayan sido empleadas» de estas tres compañías. Junto a ello, exige conocer, por parte de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), toda la información fiscal relativa «a las operaciones con terceros y declaraciones de IVA» de las citadas empresas.

La jueza pone el foco igualmente en la comisión técnica y en la mesa de contratación. En concreto, pide que se concrete la identidad de sus miembros «que hubieran sido ascendidos inmediatamente después de su participación» en tales órganos, tal y como denunció la empresa perdedora: Emerita Resources España. También pide que se concrete, en su caso, el contenido del «premio o ascenso profesional al poder ser estos factores cuestiones relevantes en la instrucción».

Sobre la suspensión cautelar de la mina, la magistrada recuerda que denegó la medida el pasado mes de diciembre, una decisión que, tal y como puntualiza, «no ha sido recurrida por parte alguna». Pese a todo, a la espera de cómo avancen estas nuevas investigaciones, la jueza no estima procedente «en el estado actual de la presente instrucción la deducción de testimonio alguno de oficio».

Argumentó entonces la instructora que no paralizaba la mina porque no existía «ninguna situación objetiva de riesgo de reiteración delictiva en el marco penal». Por ello, la actuación de las personas investigadas «se agotó con su última actuación administrativa en el concurso público». Tanto la Fiscalía de Sevilla como las defensas de los investigados se opusieron a la petición de Emerita Resources de paralizar la actividad, mientras que Ecologistas en Acción se adhirió a dicha solicitud. Por su parte, la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta emitió un informe sobre el estado y las circunstancias concretas en las que se encuentran actualmente las actividades de explotación de la mina.

Cuando instó a reabrir la causa el pasado mes de octubre, la Audiencia de Sevilla, en un auto, puso en entredicho el procedimiento seguido por la Junta dado «el elevado número de omisiones e incumplimientos relevantes, indiciariamente arbitrarios». Por ello, «no se puede descartar en absoluto que los hechos pudieran se constitutivos, entre otros, de un delito de prevaricación».

En la adjudicación, ahondaba la Audiencia, «era exigible un plus de transparencia y de rigor, ya que se trataba de una zona, la reserva minera del municipio de Aznalcóllar, donde ocurrió uno de los mayores desastres ecológicos de nuestro país».