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Eufemiano, único culpable

El doctor Eufemiano Fuentes, principal acusado en el juicio de la Operación Puerto, junto a su hermana Yolanda
El doctor Eufemiano Fuentes, principal acusado en el juicio de la Operación Puerto, junto a su hermana Yolandalarazon

Sentado en las mismas sillas que hicieron de banquillo durante el juicio, Manolo Saiz lloraba al conocer la sentencia. Siete años de espera resumidos en una frase: «Debo absolver y absuelvo a Manuel Saiz Balbas en relación al delito contra la salud pública de que venía siendo acusado».

Sentado en las mismas sillas que hicieron de banquillo durante el juicio, Manolo Saiz lloraba al conocer la sentencia. Siete años de espera resumidos en una frase: «Debo absolver y absuelvo a Manuel Saiz Balbas en relación al delito contra la salud pública de que venía siendo acusado». Una vez hecha pública la sentencia, Saiz volvía a emocionarse y tenía un recuerdo para la gente que le ha apoyado desde que fue detenido en 2006. «Estoy muy agradecido a mi familia, a mi abogado, a mis amigos y a un ciclista, Carlos Sastre, que ha sido el único que se ha acordado de mí cuando ganó el Tour de Francia. En un momento difícil y ante toda la prensa internacional tuvo el valor de acordarse de mí y me siento muy agradecido», dijo. «La ''operación Puerto'' se ha acabado y espero que nadie me lo recuerde más», añadía con lágrimas en los ojos. Saiz fue el único de los acusados que acudió en persona a conocer la sentencia. Lo hizo acompañado de su abogado, Ignacio Arroyo. El resto de imputados prefirió dejar el trámite en manos de su procurador.

Vicente Belda y Yolanda Fuentes también fueron absueltos, aunque en el caso de la hermana de Eufemiano la jueza sí observa «indicios de colaboración». La absolución de Vicente Belda implica también que la sentencia no atienda la reclamación de Jesús Manzano, que solicitaba una indemnización de 180.000 euros. «La contribución del deportista al aceptar voluntariamente estas prácticas hace que no sea merecedor de la indemnización», argumenta la sentencia.

Los únicos condenados son Eufemiano Fuentes, como autor de un delito contra la salud pública, e Ignacio Labarta, como «cómplice». Fuentes ha sido condenado a un año de prisión, que no cumplirá, cuatro años de inhabilitación para el ejercicio de la medicina deportiva, una multa de 10 meses a razón de 15 euros diarios (4.500 euros) y la condena al pago de una quinta parte de las costas procesales. Además, no podrá ejercer el derecho al voto durante un año. La decisión de la jueza parte de la consideración de que la sangre es un medicamento, la duda principal del juicio, pero se queda a medio camino en la condena solicitada por las acusaciones. La magistrada considera probado que Eufemiano recurría «a extracciones de sangre para su posterior reinfusión al deportista con la exclusiva finalidad de aumentar su rendimiento físico». El objetivo final del proceso no era, como dijo Fuentes en su alegato final, «velar por la salud de los deportistas». Al contrario, en opinión de la jueza, la pretensión de Eufemiano era «elevar el nivel de hematocrito del ciclista, con la consiguiente mejora del transporte de oxígeno en la sangre y el aumento de la resistencia al cansancio, a fin de incrementar su rendimiento». El proceso ponía en riesgo la salud del deportista «al aumentar la viscosidad en la sangre y provocar un superior esfuerzo para el corazón». La jueza considera probado que las autotransfusiones «prescritas» por Eufemiano aumentaban los peligros para el sistema cardiovascular e incluso la probabilidad de sufrir daños neurológicos.

Ignacio Labarta, el cómplice, fue condenado a cuatro meses de prisión, que tampoco cumplirá, cuatro meses de inhabilitación para ejercer como preparador deportivo «o cualquier actividad relacionada con el ciclismo», el pago de una quinta parte de las costas procesales, y una multa de 15 euros diarios durante cuatro meses (1.800 euros). Tampoco podrá ejercer el derecho al voto durante cuatro meses.

La jueza no accedió a la entrega de las bolsas de sangre a las acusaciones que lo habían solicitado. «Prevalecen las garantías procesales y el respeto a los derechos fundamentales de los deportistas», dice la sentencia. Santamaría quiere evitar reclamaciones por la vulneración del derecho a la intimidad de los clientes de Eufemiano. Además, ordena la destrucción de las bolsas de sangre, plasma y concentrado de hematíes cuando haya sentencia firme. Lo mismo ha ordenado para los datos volcados desde los ordenadores de Fuentes y las conversaciones grabadas por la Guardia Civil durante la instrucción. La sentencia firme llegará cuando se pronuncie el Tribunal Supremo. El primer paso es el recurso ante la Audiencia Provincial. Las partes tienen diez días para presentarlo. La «operación Puerto» sigue viva y puede tardar dos años más en alcanzar el final.