
Guerra de Irán
Autónomos y pymes ya pueden solicitar las ayudas de hasta 150.000 euros por las inundaciones del tren de borrascas
Los afectados disponen hasta el 30 de junio para solicitarlas, ya sea a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o acudiendo a cualquiera de las 15 oficinas de atención integral desplegadas en los municipios afectados

Ya se pueden solicitar las ayudas aprobadas por el Gobierno para autónomos y pymes que hayan sufrido las consecuencias de las lluvias torrenciales ocurridas durante el tren de borrascas del pasado mes de febrero, con indemnizaciones que oscilan entre 5.000 y 150.000 euros, para un paquete de medidas que supera los 7.200 millones de euros.
En concreto, las cuantías van desde los 5.000 euros para empresarios y profesionales personas físicas, hasta un abanico de entre 10.000 y 150.000 euros para pymes, dependiendo de su facturación, destinados a paliar los graves daños ocasionados en enseres, explotaciones agrícolas y el amarre del sector pesquero. También se pueden destina a recuperar infraestructuras municipales, por lo que los ayuntamientos también puedes acceder a ellas.
Las subvenciones a entidades locales que concederá el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática por daños en infraestructuras municipales, red viaria, redes de saneamiento y depuración de agua cubrirán el 100 % del coste para los municipios que figuran en el anexo de esta resolución. Además, se podrá anticipar hasta el 100% de la ayuda máxima que pudiera corresponder a las entidades locales afectada..
Para el resto de los municipios afectados, pero con un impacto de menor gravedad, las subvenciones cubrirán el 50% del coste de las obras de reparación o reconstrucción, detalla la nota. La resolución determina los municipios y, en su caso, zonas de los municipios afectados, conforme al artículo 7.2 del Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes ante los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos en esas comunidades autónomas.
Los afectados disponen hasta el 30 de junio para solicitarlas, ya sea a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o acudiendo a cualquiera de las 15 oficinas de atención integral desplegadas en los municipios afectados. Igualmente, pueden gestionarlas en los departamentos habilitados en las ocho subdelegaciones del Gobierno.
Según han informado fuentes ministeriales, estas ayudas son inembargables y se encuentran exentas de tributación tanto en el IRPF como en el impuesto sobre Sociedades. Hasta el momento se han contabilizado más de 8.700 atenciones para facilitar información, asesoramiento y tramitación a los afectados. Las ayudas se articulan en ocho capítulos, que contemplan ayudas para daños personales, industriales y municipales, en materia agraria y pesquera, en tributación, empleo, Seguridad Social, infraestructuras y consumidores.
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