Jubilación

Declaración de la renta 2026: cuándo deben realizarla los pensionistas y qué excepciones existen, según Hacienda

La obligatoriedad de la presentación de la Renta 2026 para los pensionistas dependerá tanto del dinero recibido anualmente como del número de pagadores, existiendo diferentes peculiarides

Las pensiones en España han tenido una serie de reformas y aumentos significativos en 2024 que ya cambian la vida de millones de pensionistas y jubilados
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A menos de un mes del inicio de la campaña de la declaración de la renta 2026, las dudas acerca de si es obligatorio realizarla o no aumenta, especialmente entre los jubilados. Al igual que los trabajadores, no todos los pensionistas deben presentar este trámite. Sin embargo, existen ciertas peculiaridades que solo les afecta a ellos, por lo que es necesario conocerlas para evitar cualquier tipo de malentendido con la Agencia Tributaria.

Este año, el plazo de presentación de la declaración sobre la renta y patrimonio del año 2025 comenzará el 8 de abril, en caso de entregarla de forma telemática, y estará abierto hasta el 30 de junio. Asimismo, a partir del 29 de abril se podrá solicitar una cita para que la propia Agencia Tributaria confeccione el documento, tanto por teléfono como de forma presencial. No obstante, una gran parte de los pensionistas no tienen obligación de realizar la declaración, pudiendo hacerlo solo cuando esta les resulte beneficiosa.

Según la pensión anual recibida, Hacienda realiza unas pequeñas retenciones en el total percibido. Estas retenciones se encuentran en un 1% en aquellos pensionistas que reciben una cantidad igual o inferior a 12.000 euros anuales; el 2,61%, en el caso de que perciban entre 12.001 y 18.000; el 8,68% en cantidades situadas entre 18.001 y 24.000; el 11,83% en cuantías de entre 24.001 y 30.000; o alcanzar el 15,59% en pensiones superiores a los 30.000 euros anuales.

Cuáles son los límites de obligatoriedad de la renta en pensionistas

Aquellos ciudadanos que ya han finalizado con su etapa laboral y se encuentran recibiendo una pensión de jubilación cuentan con unos parámetros de obligatoriedad diferentes en cuanto a la presentación de la declaración de la renta. Estos parámetros no solo tienen en cuenta la cantidad de dinero recibido, sino también otros aspectos como la cantidad de pagadores, si se percibe una pensión del extranjero o si cuenta con un plan de pensiones.

En primer lugar, es obligatorio presentar la documentación necesaria en la Renta 2026 para aquellos jubilados que reciban una pensión igual o mayor de 22.000 euros y solo exista un único pagador. Por tanto, quienes perciban una cantidad inferior, no es necesario por ley que realicen la declaración, aunque pueden hacerlo en caso de que les salga a devolver.

Sin embargo, este límite experimenta una notable bajada en el caso de que existan dos pagadores, estableciéndose en 16.876 euros si el segundo pagador recibe 1.500 euros anuales o más. Si se cumplen estas características, el pensionista deberá realizar la declaración, aunque su resultado no le sea beneficioso pues, sino, se expone a sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

Otros escenarios pertinentes para la obligatoriedad de la Renta 2026

Por otra parte, aquellas personas que reciban una pensión no contributiva no tienen la obligación de realizar la declaración de la renta, puesto que, normalmente, no tributa en el IRPF. Sin embargo, deben presentar, ante el organismo que gestione la prestación, una declaración de los ingresos computables de su unidad económica de convivencia percibidos durante el año anterior. Esto debe realizarse durante el primer trimestre del año, según el artículo 372 del Real Decreto Ley 8/2015, de 30 de octubre, y el Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo.

Sin embargo, la presentar la declaración es obligatorio en aquellos ciudadanos que reciban una segunda pensión del extranjero, pues es considerado un segundo pagador, estableciendo el límite en 16.876 euros. Una situación que afecta especialmente a aquellos ciudadanos que pasaron parte de su carrera laboral trabajando fuera de España.

Asimismo, quienes cuenten con un plan de pensiones que les permita recuperar parte de su capital pueden ser obligados a realizar la renta, en caso de que perciban 22.000 euros al año o más. Mientras que, si se da el casual de que existen diferentes pagadores con pensiones inferiores a 1.500 euros anuales pero que, en su conjunto, superan el límite de 22.000 euros, la declaración será obligatoria.