
Sentencias
Tres años de prisión por defraudar más de 800.000 euros a la Seguridad Social: Se pasó diez años sin pagar ni un euro a la Administración
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la pena para un empresario tecnológico que urdió un entramado de empresas sucesivas en Málaga para eludir sistemáticamente el abono de las cotizaciones de 55 trabajadores

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de un administrador mercantil y ha ratificado íntegramente la condena de tres años de prisión que le impuso la Audiencia Provincial de Málaga por un delito continuado de fraude a la Seguridad Social.
El fallo, que ya es firme, confirma que el acusado operó durante más de una década con un complejo sistema de sustitución empresarial diseñado exclusivamente para vaciar de contenido la obligación de cotizar, causando un perjuicio económico a la Tesorería General que asciende a 846.825 euros.
El tribunal considera probado que el condenado, dedicado al sector del desarrollo de software, centralitas inteligentes y formación para administraciones de lotería, ejercía el control real de un conglomerado de sociedades repartidas por distintos puntos del territorio nacional.
Aunque formalmente figuraba una matriz de la que dependían el resto de filiales, la sentencia califica de "ficticia" a una de las mercantiles clave utilizadas en el esquema defraudatorio.
La maniobra consistía en dar de alta a los empleados en una empresa determinada, abonar puntualmente sus nóminas y los gastos corrientes de explotación, pero omitir por completo el ingreso de las cuotas obreras y patronales a la Seguridad Social.
Cuando la deuda con el organismo público se acumulaba, el empresario procedía al cierre de esa sociedad sin que la nueva entidad que continuaba la actividad asumiera pasivo alguno.
Una estrategia de insolvencia consciente para operar al margen del sistema
La resolución del TSJA subraya que la "persistencia y sistematicidad" en el impago resulta incompatible con un simple problema de tesorería o una gestión descuidada.
Los magistrados destacan que durante 122 mensualidades consecutivas, comprendidas entre diciembre de 2008 y el periodo final investigado, el acusado no abonó "ni una sola vez" las cotizaciones sociales.
Sin embargo, durante ese mismo y prolongado lapso temporal, la estructura empresarial sí generaba liquidez suficiente para hacer frente a las nóminas de los hasta 55 trabajadores que rotaron por las distintas firmas y para mantener en funcionamiento el mismo centro de trabajo, con idénticos medios materiales y la misma clientela.
La sentencia recalca que esta operativa colocó al responsable en una situación deliberada de insolvencia aparente que bloqueaba cualquier intento de embargo o ejecución forzosa por parte de la Administración.
Además de la pena privativa de libertad, el Alto Tribunal andaluz mantiene la condena al pago de una multa de 838.451,24 euros y la indemnización directa a la Seguridad Social por importe de 209.612,81 euros, correspondiente a los ejercicios fiscales de 2016 a 2019 que no habían prescrito.
Por el contrario, el tribunal sí ha ratificado la absolución del hermano del principal acusado al no haberse acreditado su participación consciente en la trama defraudatoria.
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