A juicio

El juez reclama 52.000 euros de fianza al vecino denunciado por Iglesias y le lleva al banquillo por acoso

La Fiscalía pide para Frontera tres años de prisión, una multa de 13.800 euros y una orden de alejamiento de 500 metros durante tres años

La Guardia Civil identifica a una persona arropada con una bandera de España cerca de la vivienda del vicepresidente Pablo Iglesias.
La Guardia Civil identifica a una persona arropada con una bandera de España cerca de la vivienda del vicepresidente Pablo Iglesias.Joaquín CorcheroEuropa Press

El vecino denunciado por Pablo Iglesias e Irene Montero por el supuesto acoso a su vivienda en Galapagar en 2020 se sentará finalmente en el banquillo por los hechos denunciados por el ex vicepresidente del Gobierno y la ministra de Igualdad. Así lo ha decidido el titular del Juzgado de Instrucción número de Collado Villalba en un auto en el que reclama al procesado una fianza de 52.266 euros para hacer frente a la responsabilidad civil y a las multas a las que, en su caso, pueda ser condenado.

En la resolución, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, el magistrado Javier Carreño ordena que se acuerde el embargo de sus bienes por ese montante “si en el día siguiente al de notificación del presente auto no prestare la fianza exigida”.

La Fiscalía pide tres años de prisión para Frontera por dos delitos continuados de injurias graves a la autoridad con publicidad, acoso y descubrimiento de secretos. Además, la fiscal Paloma Duret solicita que se le impongan multas que suman 13.800 euros y que se le prohíba acercarse a menos de 500 metros del domicilio o lugar de trabajo de Iglesias y Montero durante un plazo de entre dos o tres años, el mismo tiempo durante el cual reclama que se le impida asimismo comunicarse con ellos “por cualquier medio”.

“Ruidos constantes en horarios de descanso”

Según expone el Ministerio Público en su escrito de acusación, entre el 15 de mayo y el 12 diciembre de 2020 (cuando el instructor le impuso una orden de alejamiento) las protestas de Frontera provocaron “una alteración” de la vida familiar de Iglesias, Montero y sus tres hijos menores por los “ruidos constantes en horarios de descanso de niños de corta edad”, así como la “limitación de movimientos” de ambos con sus hijos “por temor a que presenciaran o escucharan expresiones ofensivas para ellos”.

La Fiscalía señala que aunque en un principio “se limitó a sumarse a las concentraciones diarias” frente al domicilio, para trasladar su malestar por la gestión del Gobierno de la crisis sanitaria derivada de la pandemia, “en pocos días incrementó su actividad comenzando a portar aparato de música con altavoces en el que se reproducía con el volumen alto el himno nacional y a proferir gritos” contra Iglesias, al que motejó de “chepas” o “garrapata”, asegurando: “No vamos a parar hasta que os vayáis a Venezuela”. Realizando también, añade, “caceroladas con las consiguientes molestias para los allí residentes”.

Su abogada: “Esa cantidad no la gana ni en un año”

La abogada de Frontera, Polonia Castellano -que a partir de ahora dispone de diez días para presentar su escrito de defensa- insiste en la inocencia de su cliente y considera que las protestas están amparadas en la libertad de expresión. La letrada asegura a LA RAZÓN que ve “desproporcionada” la fianza de 52.000 euros y recuerda que el diputado de Podemos Alberto Rodríguez (juzgado hace unos días en el Tribunal Supremo) “se enfrenta a una multa de 180 euros por dar supuestamente una patada a un policía”. “Al adoptar la medida, no ha tenido en cuenta su situación económica personal; él trabaja en la hostelería y esa cantidad no la gana ni en un año”, se queja. “No es un país democrático aquel en el que sale más barato dar una patada a un policía que poner el himno de España”, denuncia.

En el escrito, la fiscal apunta tres fechas. El 2 de junio del pasado año, cuando asegura que el acusado acudió a las inmediaciones de la vivienda con una pancarta en la que tachaba al entonces vicepresidente de “hijo de terrorista” y a Montero de “analfabeta cuyo mérito es tener las rodillas gastadas”. Un mes y medio después, continúa, el 12 de julio, mantiene que accedió a la parte trasera del chalet y, subido a “una roca de gran tamaño a unos diez metros” del mismo, grabó con su móvil parte del jardín y el porche de la casa.

Por último, mantiene que el 17 de octubre de 2020, cumpleaños de Iglesias, intentó sin éxito acercarse a él cuando salía del inmueble con sus hijos y “al no conseguirlo le gritó delante de los niños “felicidades hijo de puta”.

Iglesias y Montero: una grave perturbación “injustificada y antisocial”

El Ministerio Público recuerda que solo hasta el mes de julio de 2020 se tramitaron contra el acusado un total de 33 denuncias administrativas por saltarse el estado en alarma (su domicilio está en Brunete) y por “intentar sobrepasar los límites del perímetro de seguridad” y nueve más por infringir la normativa de ruidos. Pese a ello, subraya, “no cesó de insistir en sus intentos de buscar la cercanía con los allí residentes y comunicarles su aversión, siendo plenamente consciente de los cargos que ostentaban y de la presencia de menores de corta edad” hasta que el juez le impuso la orden de alejamiento.

Iglesias y Montero reclaman para Frontera una pena de año y medio de cárcel, una multa de 9.000 euros y otros diez mil como indemnización por daños morales a cada uno de ellos. Su defensa le imputa un delito de coacciones continuadas, otro de injurias graves contra las instituciones del Estado y un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Asimismo, reclama que se le condene al pago de las costas procesales.

Según sus abogados, la presencia de Frontera en las inmediaciones de su vivienda durante meses acarreó para ambos “una alteración de su vida familiar y sus compromisos laborales” por la “limitación de movimientos”, los ruidos y la “incertidumbre y la intromisión en el normal desenvolvimiento familiar y de su intimidad”. Para los letrados, esa “grave perturbación” que califica de “injustificada y antisocial” excede el derecho a la “legítima protesta” y a la libertad de expresión al tratarse, mantienen, del “mero insulto, hostigamiento con términos insultantes y el continuo acoso ajeno a protesta y reclamación más allá del acoso a quienes considera enemigos políticos”.