Málaga

Cárcel e inhabilitación para un alcalde malagueño por prevaricación urbanística

El Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga ha condenado al alcalde de la localidad malagueña de Tolox, Juan Vera (Convergencia Andaluza), a 15 meses de prisión y a 10 años de inhabilitación para empleo o cargo público por autorizar 24 viviendas en suelo no urbanizable. Además, se condena también al que era entonces arquitecto municipal y se absuelve a la secretaria.

Según se declara probado en la sentencia del juzgado, que se puede recurrir , ambos acusados que han resultado condenados se pusieron "de acuerdo con unidad de acción y propósito con objeto de proceder al crecimiento urbanístico del municipio sin respetar las normas urbanísticas vigentes y aplicables".

El juzgador pone de manifiesto en su resolución que en ese momento el municipio de Tolox "carecía de Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) o de normas subsidiarias de planeamiento", por lo que se considera que la legislación aplicable entonces "estaba constituida por los artículos de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)".

Para esto, se elaboró en 2005 un expediente de licencia de obras para la construcción de 24 viviendas unifamiliares en la parcela de un extranjero, terreno considerado como no urbanizable, contando con un informe favorable del arquitecto municipal "a pesar de constarle que las mismas no se ajustaban a la legalidad vigente"en ese momento.

Asimismo, la secretaria del Ayuntamiento informó favorablemente, aunque en este caso hizo constar en su escrito "la existencia de salvedades que debían subsanarse antes del otorgamiento de la licencia". Finalmente, el regidor concedió la licencia de obras "a pesar de constarle que la misma no se ajustaba a la legalidad vigente".

Por estos hechos se condena por un delito contra la ordenación del territorio al alcalde, que tiene pendiente de sentencia otros cuatro casos similares y otro más en el que se le pide una pena de prisión mayor, al tratarse de varias licencias conjuntas. En lo que respecta al arquitecto, se le condena por el mismo delito y se le impone una pena de multa e inhabilitación durante siete años.