Consejo de Ministros

El Gobierno cambia el término imputado por «investigado» y fija plazos en la instrucción

El Gobierno ha aprobado hoy la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que limita la instrucción judicial a 6 y 18 meses y sustituye el término imputado por "investigado"en la fase de instrucción, que pasará a denominarse "encausado"tras el auto formal de acusación.

En rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado que la ley responde a "una demanda social muy clara"para luchar contra la corrupción.

La reforma modifica el término imputado por "investigado"en la fase de instrucción y por "encausado"tras el auto formal de acusación, y regula la figura del decomiso y la capacidad para investigar y recoger todos los bienes del condenado con el fin de recuperar el dinero defraudado.

No obstante, el Gobierno ha eliminado la posibilidad de que Interior intervenga comunicaciones sin autorización judicial previa tras escuchar las críticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Fiscal, que consideraron estas escuchas de "difícil encaje constitucional".

Plazos de instrucción

El Proyecto de Ley, que será remitido ahora a las Cortes para el trámite parlamentario, mantiene los plazos que ya figuraban en el anteproyecto ap1robado el pasado mes de diciembre. Así se prevé un periodo ordinario de seis meses de instrucción en causas sencillas y de 18 en complejas, con la posibilidad de prorrogarlo hasta los 36 meses.

Catalá ha defendido que estos tiempos coinciden con los de la actual instrucción de la mayoría de los procedimientos y ha precisado que los jueces y fiscales podrán solicitar que se amplíen más allá de estos límites si lo consideran necesario.

La reforma sustituye "el inoperante plazo de un mes", previsto en la actual Lecrim para la instrucción de los procedimientos, por plazos "realistas", transcurridos los cuales se deberá decidir si se continúa el procedimiento en fase intermedia o se dicta el sobreseimiento libre o provisional.

Los asuntos sencillos tendrán un plazo de seis meses, mientras que la instrucción de los complejos será de 18 meses prorrogables por otro plazo similar. En ambos casos, por razones excepcionales el juez podrá acordar una nueva prórroga por el tiempo que precise para poner fin a la investigación.

Se considerarán complejos los delitos cometidos por grupos u organizaciones criminales, los que tengan por objeto numerosos hechos punibles, involucren a gran cantidad de sujetos pasivos o de víctimas, exijan la realización de pericias que impliquen el examen de abundante documentación o complicados análisis, impliquen realizar actuaciones en el extranjero, precisen revisar la gestión de personas jurídicas privadas o públicas, o sean por terrorismo.

"El sistema de plazos, del que será garante el Ministerio Fiscal, favorecerá la mayor agilidad en las investigaciones, al evitar instrucciones interminables que dificultan el enjuiciamiento de los responsables", indica el comunicado.

Otras de las novedades son la introducción de mecanismos para evitar las macrocausas que "acortará"los tiempos porque "cada delito generará una causa y cada una una sentencia". Las causas sin autor conocido saldrán de los Juzgados y quedarán en manos de las Fuerzas de Seguridad.