Política

Caso Palma Arena

El Supremo anuló el indulto al «kamikaze» porque el Gobierno no lo justificó

El Ejecutivo tiene 3 meses para adoptar de nuevo la medida de gracia si concreta las razones

La Razón
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MADRID- El Tribunal Supremo anuló el pasado 7 de noviembre el indulto que el Gobierno concedió al conductor «kamikaze» de Valencia al no hallar su «lógica jurídica, excluyente de la arbitrariedad», ya que el Ejecutivo no especificó las razones que le llevaron a adoptar la medida de gracia. La sentencia aprobada por la mayoría del Pleno de la Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal contó con varios votos particulares, entre ellos el del primer ponente de la sentencia, Carlos Lemes –nombrado posteriormente presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Supremo–, partidario de avalar el indulto. Tras notificarse ayer la sentencia, el Gobierno dispondrá de un plazo de tres meses para que, «si a bien lo tiene», vuelva a conceder el indulto anulado mediante una resolución que señale las «razones de justicia, equidad o utilidad pública» que exige la ley de indulto de 1870.

En diciembre de 2012 el Gobierno indultó al conductor «kamikaze», que había sido condenado a 13 años de prisión por circular en sentido contrario en la AP-7 en Polinyà del Xúquer (Valencia) y causar la muerte de un joven en un accidente de tráfico. El condenado había quedado en libertad tras pagar una multa de 4.000 euros.

La sentencia dictada por el Tribunal Supremo, después de tres días consecutivos de deliberación, sostiene que aunque el indulto es un acto discrecional del Gobierno, que no exige la motivación propia de los actos administrativos, la justicia puede controlar «el ejercicio del derecho de gracia desde la perspectiva de la interdicción de la arbitrariedad de los Poderes Públicos». En este sentido, el alto tribunal razona que «la arbitrariedad es la ausencia de racionalidad» y que, en consecuencia, «todos los actos del poder ejecutivo y de la Administración han de ser racionales», informa Efe.