Política

El desafío independentista

La Fiscalía actuará contra la Generalitat si no cumple la sentencia sobre el castellano

El Gobierno quiere que la decisión judicial se aplique ya en el próximo curso educativo

Manifestantes independentistas portaron ayer una estelada en Sant Feliú
Manifestantes independentistas portaron ayer una estelada en Sant Feliúlarazon

Actuará contra la Generalitat si se confirma el fallo del TSJC y podría abrir un procedimiento por un delito de desobediencia

La Fiscalía actuará contra la Generalitat de Cataluña si una vez se resuelvan todos los recursos se confirma el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que estableció en el 25 por ciento el horario lectivo en lengua castellana y el Gobierno de Mas insiste en desoír el mandato judicial. El Gobierno justifica esta decisión en la obligación del Ministerio Fiscal de hacer cumplir la ley una vez que el procedimiento llegue a su fin y haya una sentencia firme. La actuación de la Fiscalía afectaría directamente a la consejera de Educación, Irene Rigau, en el caso de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) instase de nuevo a la Generalitat a cumplir su sentencia para garantizar la educación en castellano y ésta, de nuevo, se negase a hacerlo, pero ya sin posibilidad de agotar más recursos.

El Gobierno explica que su obligación es defender los derechos de las familias que se dirigieron al TSJC pidiendo protección y medidas cautelares frente a los largos procesos iniciados hasta ahora para garantizar el bilingüismo en la escuela. Y que, eternizados en el recurso ante el Tribunal Supremo (TS), hasta ahora nunca han encontrado respuesta a tiempo en defensa de sus derechos. Cuando se dictaba la última sentencia, el niño afectado estaba ya casi en la universidad. Por eso un padre se dirigió al TSJC para exigir la escolarización bilingüe para su hijo, no sólo en castellano, y medidas cautelares para que hubiera una decisión con diligencia.

El TSJC resolvió fijar un porcentaje mínimo del uso del castellano como lengua vehicular en las escuelas catalanas, en base a la doctrina consolidada del Tribunal Supremo «sobre el derecho de los alumnos al uso del castellano en la enseñanza de los que así lo han reclamado». El TSJC fijó ese porcentaje en un 25 por ciento del horario lectivo, y añadió que se deberá incluir al menos una asignatura de carácter troncal, además de la Lengua y Literatura castellana en este porcentaje. A través de cinco resoluciones, instó a los directores de cinco centros educativos a aplicar estas medidas. Unas resoluciones que también se basan en parte en la doctrina que impuso la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatuto de Cataluña de 2006.

Desde el Ejecutivo también confían en que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) intervenga en el caso de que la Generalitat insista en saltarse las resoluciones judiciales. De confirmarse el fallo del TSJC, el Gobierno hará todo lo que esté en su mano para conseguir que sea efectivo a partir del próximo curso lectivo, a partir de septiembre.

Por otro lado, y desde el punto de vista estrictamente jurídico, antes que nada hay que esperar a la resolución del recurso interpuesto por la Generalitat contra el citado auto del TSJC que cifró en el 25 % el horario lectivo en lengua castellana. Si esa decisión es confirmada, como suele ocurrir en la inmensa mayoría de las ocasiones en las que se recurren resoluciones del mismo tribunal, pasaría a ser de obligado cumplimiento para el Ejecutivo de Artur Mas, y, de forma específica, para la Consejería de Educación.

Procedimiento penal

Correspondería al propio TSJ de Cataluña, a la Sala que dicte el correspondiente fallo, instar que su decisión sea ejecutada en los términos recogidos en la misma, ya que a los jueces compete «juzgar y hacer ejecutar lo juzgado». El CGPJ, llegado el caso, podría también realizar un llamamiento a la obligación de cumplir las resoluciones judiciales, pero su papel no le permite ir más allá. Si ese requerimiento fuese obviado por quien está obligado a ello, ¿hay alguna posibilidad de que se cumpla? Sí, toda vez que, en ese supuesto, y además de la posible multa, se podría iniciar un procedimiento por un delito de desobediencia a una resolución judicial, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes jurídicas. De hecho, hay un precepto en el Código Penal, el artículo 410, en el que se tipifica de forma clara ese tipo de hechos: «Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia... incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años».

En este caso, el interrogante que surge es ¿quién puede poner en marcha esa maquinaria judicial? Sin duda, y, en el caso concreto de la sentencia del Supremo que determinó el auto del TSJ de Cataluña, el padre del menor que instó a que su hijo recibiese clases en castellano, ya que es parte del procedimiento, y, como tal, está legitimado para ello. Pero, además, al tratarse de un delito perseguible de oficio, el Ministerio Fiscal, como garante de la legalidad, también podría ejercitar las acciones correspondientes si considera que se ha podido cometer el citado delito. Por tanto, si se confirma la decisión de que el 25 por ciento de las horas lectivas en los colegios catalanes la reciban los alumnos en castellano –el TC ya dejó claro en su sentencia del Estatut que, la lengua castellana es también «vehicular» en la enseñanza- y la Generalitat lo incumple, la consejera de Educación, se arriesga a un proceso penal por desobediencia.

El antecedente

No sería la primera vez que se actuase contra miembros que ocupan un cargo de responsabilidad en gobiernos autonómicos. Así, basta recordar cómo el Tribunal Supremo condenó, en enero de 2008, al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y los ex miembros de la Mesa de esta Cámara Kontxi Bilbao y Gorka Knorr por un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, nombre que adoptó Batasuna tras su ilegalización, al admitir el recurso de Manos Limpias, que ejercía la acción popular, contra la absolución que dictó el TSJ del País Vasco. En un primer momento, la Fiscalía presentó también una querella por el delito de desobediencia contra los tres citados, pero, posteriormente, con la llegada de Cándido Conde-Pumpido a la Fiscalía General del Estado, cambió de criterio

En lucha por un derecho básico

Enrique López, vecino de Sant Fost de Campsentelles, fue uno de los primeros en reclamar el derecho de sus hijos a educarse tanto en castellano como catalán. «Valoramos los autos del TSJC, pero no es lo que queremos ni por asomo. Lo que queremos es cambiar el sistema, no que se haga de forma individualizada». Es una de las más de 1.300 familias que demandan sus derechos lingüísticos a la Generalitat.