Jordi Sànchez
Sánchez, Turull y Rull cargan contra Marchena por asumir un “rol acusatorio” en el juicio
Su defensa pide la absolución y denuncia la vulneración de derechos fundamentales
Su defensa pide la absolución y denuncia la vulneración de derechos fundamentales
La defensa de Jordi Sánchez y de los ex consellers Jordi Turull y Josep Rull arremete con dureza en sus escritos de conclusiones definitivas contra el presidente del tribunal del juicio del “procés”, Manuel Marchena, a quien acusan de asumir un “rol acusatorio” en la vista oral. El abogado Jordi Pina pide la absolución de sus defendidos al considerar “atípica” la conducta por la que la Fiscalía les imputa delitos de rebelión (y malversación en el caso de los antiguos miembros del Ejecutivo de Carles Puigdemont), por los que pide 17 años de prisión para el ex presidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y 16 para los ex consellers.
Para el letrado, su comportamiento se llevó siempre a cabo “en el legítimo ejercicio de varios derechos fundamentales” como el derecho a la libertad ideológica, a la libertad de expresión, a la reunión pacífica o a la asociación, por lo que si fueran condenados “supondría, necesariamente, la vulneración de los citados derechos fundamentales y así se denunciará ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas”.
En el escrito, la defensa de los tres acusados explicita su convicción de la falta de imparcialidad del tribunal, lo que acarrea, se queja, la vulneración del derecho defensa y a un proceso con todas las garantías. Por ejemplo, denuncia la “imposibilidad de confrontar las declaraciones testificales con la prueba documental videográfica”, que considera una “garantía básica de contradicción propia del juicio oral”. Asimismo se queja de la “incapacidad de las acusaciones para detallar, respecto de la mayoría de los vídeos que han aportado como prueba de cargo, cuál es el lugar donde fueron obtenidos y en qué concreta fecha”.
Las quejas de Pina a la actuación del tribunal van más allá y le reprocha una “restricción injustificada del alcance de los interrogatorios a las defensas”. Mientras la Sala “sí permitió a las acusaciones desbordar el objeto del interrogatorio más allá de las razones de pertinencia alegadas”, se queja, “tal ampliación no se permitió a las defensas”.
Pero donde el abogado carga las tintas es al poner sobre la mesa la supuesta “vulneración del principio de igualdad de armas entre acusaciones y defensas” y al acusar a Marchena de asumir un “rol acusatorio” en su calidad de presidente del tribunal.
Pina observa ese “diferente trato” dispensado a acusaciones y defensas en el hecho de que el tribunal, según el abogado, dejara a las acusaciones hacer “preguntas a los acusados o testigos sobre su filiación política e ideológica y, por el contrario, no permitiera a las defensas preguntar sobre dichos particulares a algunos de los testigos”.
Igualmente, mantiene que mientras a “los numerosos policías que declararon a propuesta de las acusaciones se les permitió con total libertad exponer abiertamente sus valoraciones personales sobre las “caras de odio” de los votantes, el “clima hostil” que tuvieron que vivir” el 1-O o “comparar incluso lo vivido aquel día con la situación que vivieron hace unos años en el País Vasco”, en el caso de los testigos de las defensas “todas las valoraciones similares fueron cortadas de raíz por la Presidencia”. Como paradigma de ese presumible trato discriminatorio hace referencia a testigos como la filósofa y ensayista Marina Garcés, que “eran inmediatamente cortados por la presidencia a la mínima que realizaban cualquier apreciación valorativa”.
La defensa de Sánchez y de los dos ex consellers pone también el grito en el cielo porque “mientras a algunos testigos de la acusación se les permitió sin problemas consultar las notas que llevaban en el momento de prestar declaración”, esa posibilidad “fue censurada enfáticamente a testigos de las defensas”.
Ese “inequívoco rol acusatorio” que achacan a Marchena fue manifiesto, en opinión de Pina, cando el presidente preguntó al mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero, acogiéndose a la prerrogativa que le concede el artículo 708 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, una pregunta “que anteriormente había impedido formular a la Fiscalía” respecto a la Junta de Seguridad del 28 de septiembre de 2017 en la que la cúpula de los Mossos advirtió a Puigdemont del riesgo de que se produjeran episodios violentos el 1-O. Para el letrado “que el Tribunal supla la función del Ministerio Fiscal formulando preguntas sobre materias acerca de las cuales la acusación no ha preguntado, ya sea por olvido o debido a la propia restricción del objeto del interrogatorio impuesta por la propia Sala” resulta “incoherente”.
Por último, Pina se queja de que Marchena “haya cortado con mucha mayor frecuencia y predisposición los interrogatorios de las defensas” y que haya “impedido a los testigos de las defensas declarar en lengua catalana” al mismo tiempo que no ha ordenado traducir al castellano los miles de folios de “documentos que obran en autos y que las acusaciones tratan de hacer valer como prueba de cargo” ni los vídeos “con imágenes de diversos procesados u otras personas efectuando manifestaciones en catalán a las que se atribuye un sentido incriminatorio”.
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