Congreso

El Tribunal Supremo no ve motivos que "justifiquen" la suspensión cautelar de la tramitación de la ley de amnistía

Insta a la Fiscalía a pronunciarse sobre la admisión a trámite de la denuncia de Manos Limpias contra Pedro Sánchez por usurpación de funciones

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El presidente del Gobierno, Pedro SánchezEuropa Press

El Tribunal Supremo se ha negado a acordar la suspensión cautelar de la tramitación parlamentaria de la ley de amnistía, como le pidió Manos Limpias, "al no existir elementos que justifiquen su adopción". No obstante, en una providencia a la que ha tenido acceso LA RAZÓN traslada a la Fiscalía la denuncia del colectivo de funcionarios contra Pedro Sánchez por usurpación de funciones para que informe sobre la competencia del alto tribunal para investigar los hechos y en relación al contenido de la misma, antes de que la Sala se pronuncie sobre su admisión a trámite.

En esa providencia firmada por el presidente de la Sala Penal del Supremo, Manuel Marchena, la Sala -integrada además por los magistrados Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo, Carmen Lamela y Eduardo de Porres- acuerda asimismo incorporar a estas actuaciones denuncias similares presentadas por la Asociación Democrática y Derechos de la Democracia Real y por los Derechos Fundamentales del Ciudadano, por la Asociación Nacional de Víctimas de los Profesionales del Estado de Derecho (Anvidep/Avied), por la Alianza Denunciantes del Autoritarismo Judicial y por el Partido Político Anticorrupción.

En su denuncia, Manos Limpias atribuye la comisión de un delito de usurpación de funciones al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a la vicepresidenta Yolanda Díaz y al ministro de Presidencia y Justicia Félix Bolaños. Además, el escrito se dirige también contra el secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán y la eurodiputada socialista Irache García Pérez, quienes cerraron el acuerdo entre el PSOE y Junts en Bruselas reuniéndose con Carles Puigdemont, y contra el ahora ministro de Transportes Óscar Puente.

"Un gran fraude de ley"

Para el colectivo de funcionarios, la medida de gracia es "un gran fraude de ley", un "trueque o moneda de cambio" para que Sánchez pudiese conseguir "los siete votos de Junts necesarios" para ser investido presidente.

El pasado 7 de noviembre, 48 horas antes de que se oficializase el acuerdo entre PSOE y Puigdemont y cuando aún los socialistas no habían registrado en el Congreso la proposición de ley de amnistía, el Supremo ya rechazó suspender de forma cautelarísima el procedimiento de aprobación de la normativa, como le había solicitado la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica en un recurso en el que denunció un supuesto fraude de ley.

Asimismo, el alto tribunal se negó después a paralizar cautelarmente el debate de investidura de Pedro Sánchez, como le pidió Vox en su querella contra el líder del PSOE y Puigdemont por cohecho, encubrimiento o colaboración del terrorismo, usurpación de funciones y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, a cuenta de sus negociaciones para hacer presidente a Sánchez.

"Usurpación de atribuciones judiciales"

En su denuncia, el colectivo que preside Miguel Bernad defendía que la suspensión cautelar ahora rechazada "no supone invadir en este caso competencias del Ejecutivo" dado que este –recalcaba– está "hurtando competencias del poder judicial". El delito de usurpación de atribuciones, que prevé penas de prisión de seis meses a un año, castiga a la autoridad que se apropie de "atribuciones judiciales o impidiere ejecutar una resolución" judicial. La pena puede alcanzar los dos años de prisión cuando se atente "contra la independencia de los jueces o magistrados" dirigiéndoles "instrucción, orden o intimación relativas a causas o actuaciones que estén conociendo".

Para el presidente de Manos Limpias –condenado a cuatro años de cárcel por el "caso Ausbanc"–, la iniciativa parlamentaria del PSOE es un fraude de ley porque "persigue un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico".

Según expone en su denuncia, la futura ley de amnistía supone la "usurpación de atribuciones judiciales", porque "desautoriza y deja sin efecto" la sentencia del "procés" del Tribunal Supremo, las órdenes de busca y captura contra Puigdemont y las causas por terrorismo de los CDR y Tsunami Democrátic.