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¿Qué debemos hacer si no esperamos gran cosa de la jubilación?

Los planes de pensiones siguen siendo el producto estrella para el ahorro de cara a la jubilación

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¿Podemos estar tranquilos de cara a nuestro futuro tan solo cotizando a la seguridad social? Una de las grandes preocupaciones de las familias es el ahorro. Los planes de pensiones siguen siendo el producto estrella.

¿Podemos estar tranquilos de cara a nuestro futuro tan solo cotizando a la seguridad social? Una de las grandes preocupaciones de las familias es el ahorro. Existen diversas formas de ir guardando dinero para el futuro pero no siempre hay manera de ahorrar o cuando esta se da no se sabe cómo gestionarlo para que obtengamos el mayor beneficio posible. Una posibilidad es crearse un plan de pensiones privado. ¿Pero qué dudas hay sobre este tipo de ahorro?

Según el gerente de Gestión Vitalicio Vivienda, Iván Escola, los panes de pensiones como los que ellos ofrecen a sus clientes, “son productos financieros que benefician al colectivo de pensionistas. Según el estudio realizado el 70 % de los pensionistas españoles depende únicamente de su pensión pública al no tener otra fuente de ingresos. Uno de cada tres tiene ingresos adicionales que provienen de planes de pensiones u otros productos financieros”.

Casi un 40 % de los mayores de 65 años tiene ingresos inferiores de 750 € al mes; el 45 % afirma que tiene serios problemas para llegar a final de mes; el 37 % ayuda económicamente a sus familiares. El 22 % cree que no dispondrá de recursos para cubrir sus necesidades futuras; un 56 % asegura que prefiere ahorrar para poder afrontar imprevistos. Un 57 % de los jubilados reciben ingresos inferiores a 1.000 € mensuales; los mayores de 65 que residen en sus hogares tiene una media de gastos mensuales de 950 €. Aproximadamente el 30 % de sus gastos proviene de necesidades básicas como agua, electricidad, teléfono, comunidad, etc. Alimentación, ropa y productos para el hogar alcanzan el 35 %. Los gastos relacionados con la salud (medicamentos, seguros etc.) sobrepasan los 100 € mensuales, quedando aproximadamente 170 € destinados al ocio.

La conclusión del informe, es generar una cultura del ahorro y la previsión entre los ciudadanos que les permita complementar la pensión pública y hacer frente a sus necesidades económicas en la etapa de jubilación.

Recomienda:

Desarrollar herramientas para planificar el ahorro necesario durante la vida activa, mejorar el asesoramiento e información que reciben los ciudadanos, favorecer con incentivos fiscales la previsión y el ahorro voluntario y desarrollar productos que permitan maximizar el ahorro en la etapa de la jubilación para adaptarse a la longevidad de las personas.

Las rentas vitalicias inmobiliarias ayudan a las personas jubiladas y propietarias de un inmueble a mejorar su calidad de vida. El producto Renta Vitalicia Plus, consiste en recibir una renta vitalicia beneficiando a la persona propietaria y su cónyuge. El usuario de estos productos cede la propiedad nuda, y sigue disfrutando de todos los derechos de su propiedad toda la vida. El plan abona los impuestos y otros gastos de la vivienda. En caso de mayores dependientes que no habiten su vivienda por problemas de salud, el inmueble puede ser alquilado, esto en la práctica permite ingresos equivalentes a tres pensiones.

Beneficios fiscales de los planes de pensiones

Invertir en planes de pensiones no se limita sólo a garantizar nuestra jubilación. Los beneficios fiscales de los planes de pensiones suelen ser el mayor aliciente a la hora de invertir en ellos, por el alivio fiscal que supone para el contratante durante su vida laboral, cuando la carga impositiva suele ser alta.

Reducción de la base imponible en el IRPF, este es el principal atractivo de este producto ya que permite pagar menos impuestos al tiempo que se genera un ahorro para la jubilación, según Asier Uribeechaverría, CEO de Finnanbest, gestor automatizado de inversiones: “al contratar un plan de pensiones, podemos deducir de la base imponible en el IRPF hasta 8.000 euros de la aportación anual al plan (o bien un límite del 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas). Por ejemplo, si los rendimientos del trabajo ascienden a 38.000 euros y hemos aportado en 2018 al plan de pensiones 7.000 euros, en la renta se tributará por 31.000 euros.

Reducción del tipo de gravamen efectivo aplicable

Si se reduce la base imponible, dependerá del caso de cada persona, pero también es posible que se reduzca el tipo marginal al que se debe tributar.

Rendimientos del trabajo. Tipo marginal

De 0 a 12.450 euros 19%

De 12.451 a 20.200 euros 24%

De 20.201 a 35.200 euros 30%

De 35.201 a 60.000 euros 37%

Más de 60.001 euros 45%

En nuestro ejemplo, partíamos de una base imponible de 38.000 euros y se debería tributar un 37%. Sin embargo, después de deducir los 7.000 euros de aportaciones al plan de pensiones, la base imponible es de 31.000 euros y tributaría al 30%. Es decir, se reduciría un 7% el tipo de gravamen aplicable.

Reducción por aportaciones a un plan de pensiones a favor del cónyuge

Además de los anteriores beneficios fiscales de los planes de pensiones y, con independencia de la reducción que se pueda aplicar por aportar a un plan de pensiones propio, también se puede aplicar una reducción adicional de hasta 2.500 euros al año en la base imponible del IRPF por las aportaciones que se realicen a planes de pensiones del cónyuge si este no percibe más de 8.000 euros netos al año en concepto de rendimientos del trabajo/actividades económicas.

Reducción por aportaciones a un plan en el que sea partícipe una persona con discapacidad

Para los planes de pensiones constituidos a favor de partícipes con alguna discapacidad, existe un régimen especial al que pueden adherirse y que incluye condiciones particulares. El partícipe con discapacidad podrá aplicar una reducción de la base imponible del IRPF de hasta 24.250 euros (tanto para las aportaciones propias del partícipe discapacitado como para las aportaciones que realicen otras personas a su favor). A su vez, las personas que realicen aportaciones a planes de pensiones en los que sea partícipe una persona discapacitada, pueden aplicar de forma individual -e independientemente de las reducciones que apliquen por las aportaciones a planes propios- una reducción adicional de hasta 10.000 euros en la base imponible del IRPF.