Estrasburgo
El fiscal apoya a Garzón para que se aparte a cinco jueces que deben juzgarle
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha apoyado la petición de la defensa de Baltasar Garzón para que se aparte de la causa a cinco de los siete magistrados que deben juzgarle y determinar si actuó legalmente al declararse competente para investigar los crímenes del franquismo.
En concreto, el Ministerio Público respalda la recusación del presidente de la Sala Penal, Juan Saavedra, y de los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo, por haber intervenido en varios momentos de la causa seguida en el Tribunal Supremo y adoptado decisiones relevantes, entre ellas la admsión a trámite de la querella y resolver distintos recursos de Garzón, por lo que estarían «contaminados». Es decir, para respetar el principio de «apariencia de imparcialidad».
La postura de la Fiscalía, destaca al respecto, no es porque «pueda aventurar o sospechar una actuación futura de la Sala recusada que pueda tildarse de falta de imparcialidad, en modo alguno», sino, «sólo y exclusivamente, con una finalidad preventiva, y para apartar cualquier sombra de sospecha que pueda empeñar la recta aplicación del Derecho».
Condena de Estrasburgo
En defensa de esa tesis, el Ministerio Público esgrime la condena que impuso el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a España porque los magistrados que participaron en la instrucción de la causa contra Javier Gómez de Liaño fueron los que posteriormente le juzgaron y condenaron.
En relación con esta materia, la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo aprobó el pasado mes de diciembre las normas de composición y funcionamiento de sus salas. En ellas, y en lo que afecta a las causas contra aforados, se establece que el «tribunal que habrá de conocer las causas especiales resolverá sobre su admisión a trámite y, en su caso, las enjuiciará».
En cambio, el fiscal rechaza la tesis de «imparcialidad subjetiva» a la que alude también Garzón sobre los cinco jueces a los que pretende apartar de la Sala que deben juzgarle.
Esta causa, destaca al respecto el Ministerio Público, «ha de rechazarse de plano», ya que no sólo no se puede presumir esa falta de «imparcialidad subetiva», sino que, por el contrario, «desde este punto de vista, toda su actuación procesal aparece como irreprochable».
Si los magistrados recusados no se apartan de la causa voluntariamente y el instructor del incidente de recusación no rechaza de plano la petición de Garzón, será la Sala del 61, presidida por Carlos Dívar la que tenga que resolver en última instancia.
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