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De «juez estrella» al banquillo
MADRID- El último juicio que se celebró en el Tribunal Supremo contra un magistrado fue en septiembre de 1999. El entonces titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, Javier Gómez de Liaño, fue juzgado y condenado a 15 años de inhabilitación, lo que supuso su expulsión de la carrera judicial, por un delito de prevaricación (dictar resoluciones injustas a sabiendas) durante la instrucción del «caso Sogecable»; aunque en 2008 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos la anuló y condenó a España al considerar que la imparcialidad de la Sala «podía suscitar serias dudas». Desde entonces, ningún miembro de la carrera judicial se ha tenido que enfrentar a una Sala del Supremo. Hasta mañana, cuando Baltasar Garzón comenzará a hacer frente a la primera de las tres causas –es el primer juez al que el Supremo investiga en tres procedimientos– que tiene abiertas, la relacionada con haber ordenado escuchar en prisión a los principales imputados del «caso Gürtel» con sus abogados. Su último intento de retrasar el juicio fracasó el pasado miércoles, cuando el Supremo rechazó de plano la recusación de Luciano Varela y el TC inadmitió el recurso contra la decisión de la Sala Penal del TS de mantener a Manuel Marchena como integrante del tribunal que le juzgará.
El procedimiento se inició en febrero de 2010, cuando el abogado Ignacio Peláez, a quien se le intervinieron algunas de las más de 25 comunicaciones grabadas a Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez con sus letrados, presentó una querella contra Garzón por los delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales. El Supremo la admitió a trámite al entender que los hechos denunciados no eran «tan absurdos y carentes de sentido» como para rechazarlos de plano y no podía desestimarse sin más «la hipótesis de la existencia de los delitos» a los que aludía la querella.
La Sala Penal designó al magistrado Alberto Jorge Barreiro instructor de la causa, quien realizó una pormenorizada investigación de los hechos contenidos en la querella. Después de 13 meses tuvo ya claro su criterio: existían motivos más que suficientes para que el magistrado tenga que responder por un delito continuado de prevaricación y otro de uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales.
En esa resolución –11 de abril de 2011– el instructor apreciaba que Garzón no tenía otra intención al ordenar esas grabaciones que conocer las estrategia de defensa de Correa, Crespo y Antoine Sánchez, por lo que decidió «acceder indebidamente a las conversaciones confidenciales» que los procesados mantuvieron con sus abogados en los locutorios de la cárcel de Soto del Real, donde se encontraban en prisión preventiva. Y ello, añadió el magistrado Barreiro, con dos finalidades: obtener «información de relevancia para el proceso que no tenía seguridad de poder obtener mediante la utilización de medios lícitos» y así contar con «datos reservados para favorecer el éxito de la investigación y, como consecuencia de conocer datos confidenciales de la estrategia de defensa», dominar «completamente la evolución de la causa, de gran trascendencia mediática».
En su defensa, el abogado del juez, Francisco Baena Bocanegra, alegó que la decisión de autorizar esas escuchas no era constitutiva de delito, sino una medida necesaria que, además, no fue impugnada por la Fiscalía. Según el letrado, Garzón «jamás» utilizó esas grabaciones, que «fueron advertidas desde el primer momento por información facilitada por un funcionario a uno de los abogados».
En su declaración ante el instructor el 10 de mayo de 2010, Garzón justificó su decisión en que era la «única vía» para evitar que ocultaran pruebas o se perdieran los fondos que manejaban. El magistrado negó haber prevaricado o vulnerado la intimidad de los procesados e insistió en que su intención al ordenar las escuchas no fue, «en ningún momento», la de conocer la estrategia de defensa».
La «única vía»
Ante las preguntas del fiscal explicó que los letrados estaban «presuntamente dentro de la trama, coordinando la actuación y preparando la salida del jefe de la organización –Francisco Correa–, además de datos relevantes para la investigación». Por ello, entendía que «era lógico pensar» que los imputados «necesitaran de un enlace» para mover el dinero de la trama fuera de España.
Sin embargo, el instructor destaca que cuando los imputados cambiaron de letrados, Garzón prorrogó esas escuchas pese a la advertencia de la Fiscalía de que «una parte importante de las transcripciones se refieren en exclusiva al derecho de defensa».
En la defensa de Garzón estará también la Fiscalía, quien pide su absolución al entender que la intervención fue una «medida necesaria», ya que había pruebas de que Correa y Crespo preparaban «una operación» para blanquear unos 20 millones de euros.
LA LUPA
POCOS TESTIGOS
En el juicio declararán el juez Garzón (quien hasta ahora se ha negado a responder a las acusaciones), el propio querellante, Ignacio Peláez (que deberá testificar a instancias del acusado) y funcionarios de Policía. Además, se oirán las conversaciones intervenidas y se expondrá la prueba documental solicitada por las partes.
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