Sevilla

Jueces del Supremo piden reformar la Ley para evitar otro «caso Bildu»

Hay que evitar que se vuelva a repetir lo sucedido con el Tribunal Constitucional respecto a la sentencia de Bildu. Éste es el sentir de no pocos magistrados del Tribunal Supremo, quienes consideran que el TC ha se ha extralimitado en sus funciones y ha venido a actuar como una «Sala de apelación», entrando no sólo a determinar si se vulneraron derechos fundamentales de la coalición, sino a «revalorar la prueba».

La Razón
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«Aplaudir, no hemos aplaudido», «que no ha sentado bien es obvio» o «el TC ha dictado una sentencia revisión» son algunas de las frases de magistrados del Supremo, quienes entienden que, una vez más, no se ha cumplido con lo que la Constitución establece en su artículo 123 cuando fija que el «órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales». Eso sí, no habrá gestos públicos que expresen ese malestar.

Por ello, consideran que es necesario abordar la situación y buscar soluciones, toda vez que la actual Ley Electoral viene a permitir que el Tribunal Constitucional pueda actuar como «una segunda cámara» respecto a las decisiones del Supremo que afecten a anulaciones o impugnaciones e listas electorales –como ocurrió en el caso de Bildu– en aplicación de la Ley de Partidos.

Competencias distintas
De esa forma, defienden que al TC «se le está otorgando competencias distintas de que las que puede ejercer», que no son otras que resolver posibles vulneraciones de derechos fundamentales. Por ello, algunos magistrados del Supremo abogan por modificar la Ley del Régimen Electoral para que este tipo de procedimientos no puedan ser «revisables» por el Tribunal Constitucional, sino que tengan un final en la jurisdicción ordinaria, que sería la Sala del 61 del Tribunal Supremo. Y ello, con independencia de que, posteriormente, pueda recurrir en amparo por vulneración de derechos fundamentales, pero ya no se trataría de un recurso de amparo electoral, sino ordinario, con lo que la tramitación sería muy distinta.

De esta forma, una posible solución pasaría por que esos procedimientos los viese en primera instancia un «tribunal de Justicia ordinario», que podría ser la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, contra la que cabría recurso ante la Sala del 61, cuya decisión tendría entonces una eficacia directa e inmediata desde ese mismo momento. Otros magistrados, en cambio, apelan a que la Ley de Partidos Políticos establece la competencia en primera y única instancia de la Sala del 61 y que el TC «aunque quiera, no pueden hacer de segunda instancia. El Poder Judicial termina en el Supremo», por lo que el Tribunal Constitucional «no puede revalorar la prueba, como tampoco lo hace el Supremo al resolver los recursos que le llegan. El TC tiene que respetar los hechos considerados probados por el Supremo y no entrar en una revisión de la sentencia».

«Lo hecho es cosa suya»
Sobre la sentencia favorable a Bildu, se pronunció ayer en Sevilla el presidente del Supremo, Carlos Dívar. Tras expresar su «respeto» por su homólogo del TC, Pascual Sala, y el resto de magistrados, destacó que lo que «haya hecho es cosa suya», toda vez que nadie le autoriza ser «juez de otros jueces». Esa tarea queda en manos de la opinión pública y sus representantes, los medios de comunicación: «Son ustedes (...) los que pueden juzgar a los jueces y sus comportamientos», informa Otr/Press.