Ministerio de Justicia

Garzón al banquillo por las escuchas de la «Gürtel»

La Policía, la Fiscalía y el juez conocían información «relevante» de la causa antes de que declararan los imputados.

Garzón deberá responder ante el Supremo por un delito continuado de prevaricación y otro contra las garantías constitucionales
Garzón deberá responder ante el Supremo por un delito continuado de prevaricación y otro contra las garantías constitucionaleslarazon

El juez Baltasar Garzón se sentará en el banquillo de los acusados por haber ordenado grabar las conversaciones en prisión de los considerados principales responsables de la «trama Gürtel» con sus abogados defensores. El magistrado del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro, instructor de la querella que presentó el abogado Ignacio Peláez –defensor del empresario José Luis Ulibarri, imputado en esa presunta red de corrupción–, decretó ayer la apertura de juicio oral contra Garzón al entender que existen motivos más que suficientes para que responda por un delito continuado de prevaricación y otro de uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales.

De esta forma, y a expensas de que la Sala Penal resuelva el recurso de apelación contra la imputación, sólo quedaría fijar la fecha del inicio de la vista oral. El instructor de la querella aprecia que Garzón no tenía otra intención al ordenar esas grabaciones que conocer la estrategia de defensa de Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez, quienes se encontraban en prisión provisional, por lo que decidió «acceder indebidamente a las conversaciones confidenciales» que mantuvieran con sus abogados en los locutorios de la prisión de Soto del Real. 

Y ello, con dos finalidades: obtener «información de relevancia para el proceso que no tenía seguridad de poder obtener mediante la utilización de medios lícitos» y así contar con «datos reservados para favorecer el éxito de la investigación, y, como consecuencia de conocer datos confidenciales de la estrategia de defensa», dominar «completamente la evolución de la causa, de gran trascendencia mediática». Garzón justificó esa medida, según recoge Barreiro en su resolución, en que los letrados, «aprovechando su condición, pudiesen actuar como "enlace"» de los tres detenidos y «en claro interés de la propia organización y con subordinación a ella».

Para intentar salvar ese ataque al derecho de defensa, añade el instructor, introdujo «a modo de coletilla» la prevención de que se garantizase ese derecho, «cosa que sabía imposible en los términos en los que había dispuesto la medida».

«Conocer datos desconocidos»
Cuando Correa, Crespo y Sánchez cambiaron de letrado, Garzón prorrogó esas grabaciones, sin que existiese dato incriminatorio alguno contra ellos, «revalidando su ilícita decisión con la finalidad de aguardar nuevos frutos para su investigación». Esa decisión la acordó pese a la advertencia de la Fiscalía de que «una parte importante de las transcripciones se refieren en exclusiva al derecho de defensa».

Esas escuchas permitieron a la Policía «conocer datos desconocidos y abrir nuevas líneas de investigación», mientras que la Fiscalía y el juez «tuvieron acceso a información relevante con anterioridad a que los imputados prestaran nueva declaración en el proceso», cuando ya contaban con nuevos abogados.

De esta forma, añade Alberto Jorge Barreiro, tanto el Ministerio Público como el entonces instructor del «caso Gürtel» accedieron «indebidamente a las estrategias de defensa establecidas entre los internos y sus abogados», y sólo cuando ya conocían el contenido íntegro de esa «relación confidencial» Garzón decidió «el expurgo» de las que podían atentar al derecho de defensa. En ese momento, ya se había producido «la lesión del derecho fundamental de forma irremediable». Las defensas de Ulibarri, Correa y Crespo solicitan para Garzón una pena de 10, 17 y 15 años de inhabilitación, respectivamente. La Fiscalía pide su absolución.

Último de la terna
Garzón fue relegado ayer a la tercera posición, por sus procesos judiciales, en la terna de candidatos españoles para el Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa (CPT).