Cataluña

Una ley de igualdad que discrimina

Pajín presentó ayer una norma que pone en peligro la presunción de inocencia. La ministra se empeña en retirar las subvenciones a los colegios de educación por sexo

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Madrid- «Todo el mundo es inocente hasta que se demuestre lo contrario». La presunción de inocencia es uno de los principios que rigen el Derecho Penal y la Declaración de los Derechos Humanos. Pero no el Proyecto de Ley de Igualdad de Trato y la No Discriminación, aprobado ayer por el Consejo de Ministros. El texto recoge que «nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». El empleo y trabajo, la educación, la sanidad, las prestaciones sociales, el acceso a al vivienda, el acceso a los espacios públicos y los medios de comunicación serán sus ámbitos.

Sin embargo, el artículo 28.1 establece el principio jurídico de la «carga de prueba»: cuando el denunciado «alegue discriminación y aporte indicios» sobre «su existencia, corresponderá» al demandado» la «aportación de una justificación objetiva» de las «medidas adoptadas». ¿Conclusión? Todos somos discriminadores en potencia. Sólo los centros docentes (artículo 28.3) estarán exentos.


Educación
El proyecto de ley supone un ataque frontal a los centros que educan a niños y a niñas de forma separada en las aulas, a los que el Gobierno corta las subvenciones. Pajín hizo hincapié ayer en que quitar los conciertos a estas escuelas «no vulnera el derecho de los padres a la libre educación, ni tampoco a la creación de nuevos colegios. No se trata de que desaparezcan, sino de no financiar este tipo de centros». De esta forma, cientos de familias que llevan a sus hijos a colegios de educación diferenciada se verían obligadas con esta ley a pagar la educación que sus hijos reciben y que ahora subvenciona el Estado en cerca de 67 colegios que hay en España de estas características. Este punto de la ley fue ayer criticado por asociaciones de padres como Concapa, que considera que «reduce la libertad de los españoles» y promueve una enseñanza «absolutamente sectaria». La portavoz de CiU en la Comisión de Igualdad del Congreso, Merce Pigem, señaló que «es discriminatorio» y, además, vulnera competencias autonómicas, ya que, hasta ahora, depende de estas administraciones la decisión de cortar o no las subvenciones. La patronal de los centros católicos, FERE-CECA, manifestó que la norma «resta elección a los padres» y la patronal de la privada, CECE, concluyó que el Gobierno están legislando en contra de la doctrina del Supremo que en todas sus sentencias da la razón a la educación diferenciada.
La ley daría cobertura legal también al uso del velo islámico en las aulas pues persigue acabar con cualquier tipo de desigualdad por razón de religión o convicciónl.


Empleo
Cualquier persona que se considere perjudicada en la contratación, jornada de trabajo, formación, remuneración, promoción, no renovación de contrato o despido podrá denunciar a su empresa. También incluye a clientes o posibles clientes e incluso a proveedores que vean incumplidas sus aspiraciones. De este modo, podrían aumentar los gastos en servicios jurídicos de las empresas, siendo las pymes y autonómos los más perjudicados.. Según los expertos, una empresa podrá ser denunciada si contrata a un empleado sin haber ofrecido antes el puesto a una persona que ya trabaja en la empresa. Un centro de estética no podrá especificar que prefiere a una mujer como esteticista y un local de moda juvenil no podría discriminar en la contratación a una persona de mayor edad, a pesar de dirigirse a un público juvenil. Además, el demandado tendrá que demostrar su inocencia en un plazo de 10 días.


Vivienda
Quedará prohibido discriminar a nadie por su raza, etnia o aspecto a la hora de alquilara o vender un piso. Así, se prohíbe rehusar una oferta de compra o arrendamiento o el inicio de unas negociaciones por estas causas. Así, los propietarios perderán la presunción de inocencia en la selección del inquilino y tendrán que defenderse ante el juez en el caso de ser denunciados. Los expertos aseguran que «en proyecto de ley, lesiona la libertad personal e impide al propietario elegir la mejor opción». Además, los sindicatos velarán por la promoción del derecho a la igualdad y a la no discriminación en la empresa.


Medios de comunicación
El artículo 22.1 obliga a todos los medios a «respetar» la igualdad de trato, «evitando toda forma de discriminación en el tratamiento de la información, en sus contenidos y su programación». Este punto podría entrar en conflicto directo con la libertad de información, la libertad de expresión, la creatividad artística y la comunicación publicitaria comercial o institucional. Teóricamente, internet –redes sociales, blogs, etc.– está también incluido.


Sanidad

«Nadie podrá ser excluido de un tratamiento sanitario» debido a una «discapacidad, enfermedades preexistentes o intercurrentes, salvo que razones médicas así lo justifiquen». Las Administraciones sanitarias deberán garantizar la ausencia de discriminación en el acceso a sus servicios y prestaciones.


Autoridad para la Igualdad

La Autoridad para la Igualdad de Trato queda fijada en el artículo 37. Dará apoyo a los presuntos discriminados en la tramitación de sus quejas o reclamaciones, podrá investigar por iniciativa propia la existencia de posibles discriminaciones, e incluso ejecutar acciones judiciales.


La lengua, «discriminada» en el texto
En el anteproyecto de ley que el equipo de Pajín avanzó en enero se prohibía discriminar por lengua, aunque con matices, ya que «excluye cualquier diferencia de trato por el uso del castellano en todo el territorio nacional, así como por el uso de las distintas lenguas cooficiales». Esto llevaría a que los padres que, por ejemplo, vivan en Cataluña y se sientan discriminados porque quieren una educación para sus hijos en castellano, no puedan acogerse a esta ley. En el texto presentado ayer, la cuestión de la lengua se ignora tanto en el artículo 2 como en el desarrollo posterior. «Al haber una voluntad legislativa de no incluir este punto, hace que se limiten estos derechos que no se abordan», explica el abogado Jorge Urosa. Así, lo que se da a entender es que este asunto no genera desigualdad cuando precisamente ha generado numerosos litigios judiciales.


Los efectos secundarios de la norma socialista

VÍA LIBRE PARA EL USO DEL VELO

Aquellos centros que nieguen la entrada a los alumnos por motivos religioso, como en el caso del velo islámico, podrán ser sancionados.
¿LIBERTAD DE INFORMACIÓN?
Los medios de comunicación tendrán que tener cuidado con la publicidad y la información que ofrecen. Si resultan sexistas, homófobas o discriminatorias, podrían ser sancionados.
ALQUILERES CON MÁS RIESGO
Si niegas el alquiler de una casa a una persona con menos poder adquisitivo que otro solicitante, se puede amparar en esta ley para denunciarte. Dejaría de primar la confianza en el cobro del que más gana.
LOS SEGUROS SERÁN MÁS CAROS
La norma prohíbe que las aseguradoras tengan en cuenta el sexo del conductor para calcular el precio. Actualmente, las mujeres pagan primas inferiores porque tienen menos accidentes. Esto podría encarecer los seguros.
EMPRESARIOS ACORRALADOS
Los empresarios no podrán publicar anuncios de selección de personal del tipo: «que se abstengan mayores de 45 años, mujeres o algunos colectivos si no constituye un requisito profesional y esencial determinante». ¿Dónde está el límite?
DERECHO DE ADMISIÓN, AL GUSTO DEL GOBIERNO
No impedirá a los locales poner sus reglas –como prohibir la entrada en zapatillas–, pero sí los obligará a colocar un cartel en la puerta que especifique unos requisitos aprobados por la Administración. Si no es así, denuncia al hostelero y sanción.