Impuestos
Gallardón establece ayudas de 60€ en el IBI para familias con pocos recursos
El Gobierno municipal de Alberto Ruiz-Gallardón mantendrá el año próximo el tipo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en el 0,581% y establecerá una ayuda de 60 euros anuales para el pago de este tributo.
Según ha explicado el vicealcalde, Manuel Cobo, en rueda de prensa tras al Junta de Gobierno, esta subvención equivalente a una bonificación del 25% en la cuota del IBI y para más del 60% de los beneficiarios la ayuda supondrá entre un 25 y un 50% de bonificación en el impuesto.
Fuentes municipales han indicado después que de estas ayudas se beneficiarán un mínimo de 20.000 contribuyentes, aunque este número podría incrementarse hasta 35.000 y de hecho el Ayuntamiento va a elaborar sus presupuesto de acuerdo a esta cifra.
La Junta de Gobierno ha aprobado al proyecto de Ordenanzas Fiscales para el próximo año, que recibirán su aprobación definitiva en el próximo Pleno municipal, tras las elecciones generales del día 20.
El vicealcalde ha destacado que, por tercer año consecutivo y debido a la crisis económica, el Ayuntamiento congela los tipos y tarifas de los impuestos y tasas municipales, aunque entra en vigor una nueva revisión catastral, que ha insistido en que era "obligatoria a partir de los diez años"de la anterior, que tuvo lugar en 2002.
"A nosotros nos gustaría que el IBI tuviera un carácter más proporcional en relación a los recursos de las familias mediante unos tipos progresivos de acuerdo a la capacidad de renta de las personas y poder bonificar hasta el 50% de las cuotas en función de la renta", ha manifestado Cobo.
Ha subrayado además que la nueva Ponencia de Valores, que elabora la Dirección General del Catastro del Ministerio de Economía y Hacienda, supone una subida media del valor catastral residencial del 74% respecto a 2001, notablemente inferior al anterior incremento del 129%.
Por este motivo, la evolución de la cuota del IBI para los próximos años será del 5,7% anual.
La congelación de tipos y tarifas de los impuestos y tasas municipales, que se mantienen en los niveles de 2009, supone para el Ayuntamiento una pérdida de su capacidad de financiación, respecto al incremento del IPC, pero una mejora en la de sus ciudadanos.
Los contribuyentes que pueden beneficiarse de las ayudas de 60 euros anuales para pagar el IBI, y que deben solicitar la subvención, son, entre otros, las familias que el año anterior pudieron aplicarse la reducción de la tasa de basuras, es decir, aquellas cuya vivienda habitual tiene un valor catastral inferior a 10.001 euros.
En la Tasa de Basuras se modifican los tramos de valor catastral para que la nueva Ponencia de Valores no incida sobre la cuota a pagar en la mayor parte de los contribuyentes, de forma que cerca de 700.000 contribuyentes pagarán menos que en 2011.
Por otra parte, el Ayuntamiento ha congelado los coeficientes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y ha flexibilizado la bonificación por creación de empleo establecida en 2010.
En concreto, ha rebajado el requisito de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con contrato indefinido en 2011.
La bonificación es de carácter rogado y debe solicitarse al Ayuntamiento durante el mes de enero de 2012.
Ha creado además una nueva bonificación del 50% para los emprendedores que inicien actividades empresariales en 2012: los dos primeros años de actividad estarán exentos del impuesto, mientras que el tercer y cuarto año disfrutarán de una bonificación del 50% del IAE (el beneficio máximo que permite la ley).
También aplicará retroactivamente esta bonificación a aquellos contribuyentes, sean microempresas, pymes o grandes compañías, que iniciaron nuevas actividades empresariales durante los ejercicios 2010 y 2011.
En cuanto al Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, se mantienen los porcentajes y tipos de 2011 y, debido a la revisión catastral y en aplicación de la Ley de Haciendas Locales, se establece una reducción del valor del terreno que se transmite del 40% durante los próximos cinco años.
Se conserva además la bonificación para el incremento de valor "mortis causa"de la vivienda habitual, si bien es necesaria la convivencia de dos años con el causante, y residir en ella durante cinco años más para su aplicación.
Respecto a la Tasa de Servicios de Emergencias, se sustituye la forma jurídica de la contribución especial del servicio de extinción de incendios, que pagan las compañías aseguradoras por la figura de la tasa, por un importe equivalente.
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