Tribunal Constitucional

Bildu tendrá que quitar una placa contra la bandera

Momento en que se descubría la placa en la Diputación guipuzcoana, donde se dice que la bandera española es un «símbolo impuesto»
Momento en que se descubría la placa en la Diputación guipuzcoana, donde se dice que la bandera española es un «símbolo impuesto»larazonfreemarker.core.DefaultToExpression$EmptyStringAndSequenceAndHash@1c32ed3a

La Diputación de Guipúzcoa se vio obligada en febrero de 2010 a colocar la bandera española en la fachada de su sede oficial por una sentencia del Supremo. Pero, a la vez que izaba la enseña nacional, el entonces diputado general de Guipúzcoa, Markel Olano, del PNV, descubría una placa con el siguiente texto: «He ahí la bandera, símbolo de esta situación, puesta por quien no desea hacerlo, a la que el viento ondea con ironía». El Supremo ordena ahora que se retire, porque supone no cumplir de forma fehaciente la resolución citada.

La Abogacía del Estado consideraba que con esa actuación se desvirtuaba «claramente la obligación impuesta» en la sentencia del Supremo, ya que la misma encerraba no sólo «un mandato material», como era la colocación de la bandera española, sino también un «mandato simbólico, que supone la permanencia del signo del Estado en la Diputación Foral, mandato que no se puede estimar como cumplido si se declara de forma expresa que se está en su contra», que es, precisamente, a lo que aludía la citada placa.

La Diputación de Guipúzcoa, por su parte, esgrimía que la resolución judicial se cumplió en sus términos, «sin que la colocación de la placa incida en aquella ejecución».

En un primer momento, la Abogacía del Estado recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, quien lo rechazó con el argumento de que la citada diputación foral cumplió la sentencia del Supremo, «pues la bandera ondea, en efecto, en el lugar legalmente asignado», sin realizar referencia alguna a la placa.

Sin embargo, el Tribunal Supremo concluye de una forma radicalmente distinta. Y es que los magistrados no tienen duda de que con esa actuación la Diputación donostiarra, al frente de la cual se encuentra desde el pasado mayo Martín Garitano, de Bildu, lo que hizo fue una «ejecución fraudulenta» de la sentencia. La conclusión a la que llega la Sala es rotunda: «Se trata de que la misma –la enseña nacional– ondee tal cual dispone la normativa vigente, es decir la Ley de Banderas. Ello implica que no ha de existir interferencia alguna tras su colocación en el ámbito que corresponda. Por ello, la colocación de la placa denunciada implica un cumplimiento simulado de la sentencia».