Caso Pujol
El Supremo impide a los viudos vender la herencia de sus hijos menores
MADRID- Las herencias recibidas por los menores no pueden venderse sin autorización judicial o, en caso de faltar este requisito, sin que los afectados las ratifiquen de forma expresa. Ésta es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal Supremo tras estimar el recurso interpuesto por dos hermanos contra la venta que realizó su padre de un piso que habían heredado de su madre. El matrimonio que adquirió el inmueble deberá ahora devolverlo a los herederos y recibirá el precio pagado en su día, sin intereses, toda vez que han disfrutado de la vivienda «durante el tiempo en que han estado poseyéndola».En la resolución, la Sala Civil del Supremo se fija la doctrina sobre esta cuestión, toda vez que, hasta ahora, no existía un pronunciamiento uniforme sobre los efectos realizado por el titular de la patria potestad sin autorización judicial sobre herencia de menores.En el caso analizado, el padre de los menores no pidió esa autorización judicial para la venta del inmueble que recibieron en legado sus hijos, ni éstos realizaron «ningún tipo de ratificación» de esa venta cuando alcanzaron la mayoría de edad.
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