Caso ERE

La Junta, condenada por beneficiar a UGT y CCOO en detrimento de otros sindicatos

La Razón
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Junta por limitar a UGT y CCOO las ayudas para formación en la Escuela de Seguridad Pública (ESPA), pues supone una discriminación a favor de las centrales mayoritarias.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Junta por limitar a UGT y CCOO las ayudas para formación en la Escuela de Seguridad Pública (ESPA), pues supone una discriminación a favor de las centrales mayoritarias que les ayuda a mejorar su influencia sobre los trabajadores.

La sala de lo Contencioso del TSJA, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, anula la resolución de la Consejería de Justicia sobre el plan anual de formación de la ESPA para el curso 2013, que limita a los sindicatos presentes en el Consejo Rector de la escuela las acciones formativas subvencionadas.

El recurso fue presentado por el Sindicato Profesional de Policías Municipales en Andalucía (SMPME-A), quien argumentó que se trata de una discriminación hacia otros sindicatos representativos y que, además, las centrales mayoritarias organizan las actividades concertadas "únicamente para sus afiliados".

El TSJA recuerda que ya resolvió en el mismo sentido respecto a los planes formativos de 2011 y 2012, en sentencias recurridas por la Junta, por lo que ahora reitera su criterio con independencia de que sea finalmente el Tribunal Supremo quien determine la solución jurídica.

El alto tribunal andaluz apela a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, según el cual la limitación de subvenciones a unos sindicatos sitúa a los beneficiados "en una posición superior a los demás para ofrecer mejores servicios a los trabajadores, lo que puede producir una inducción o presión indirecta para la afiliación a determinados sindicatos".

Al beneficiar a ciertos sindicatos en el orden competitivo entre ellos, se está vulnerando la libertad sindical reconocida en la Constitución, según dicha jurisprudencia.

"La dirección y organización de los cursos de formación, sobre los que ahora gira la controversia, constituye igualmente un aspecto fundamental de la acción de los sindicatos para con los trabajadores, lo que incide de un modo indudable en la posibilidad de proyección de la acción sindical y, desde luego, en el orden competitivo"entre ellos, añade la sentencia.

Al excluir a ciertos agentes sociales en la concesión de subvenciones "directa o indirectamente, se puede vulnerar la libertad sindical"pues los excluidos "se ven así condenados a una menor presencia entre los trabajadores, con lo que difícilmente podrán mejorar su condición representativa"y se cae en "una especie de círculo vicioso".

"Al no conseguir subvenciones, no consiguen aumentar su representatividad", círculo vicioso "no tolerable desde una óptica constitucional", añade el TSJA, quien impone a la Junta el pago de las costas judiciales al haber visto rechazada su pretensión.