Relaciones laborales
Un recurso pone en el aire la seguridad del palacio de San Telmo
El contrato para su vigilancia permanece suspendido por una reclamación
El contrato para su vigilancia permanece suspendido por una reclamación
El recurso de una empresa contra el pliego de cláusulas administrativas que rigen la licitación del contrato del servicio de vigilancia de la sede administrativa de la Presidencia de la Junta de Andalucía, pone en peligro la seguridad del edificio de San Telmo, catalogado dentro del máximo riesgo tras la activación del nivel 4 de alarma antiterrorista, después de que el Tribunal de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía haya decretado la suspensión del procedimiento.
La sociedad Alcor Seguridad SL interpuso el recurso contra el pliego el pasado 7 de septiembre y hace unos días el tribunal acordó la paralización de la adjudicación del contrato en cuestión, cuyo valor estimado supera los 1,7 millones de euros. Esta empresa recurrió contra los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, mientras que la Administración andaluza advirtió de las consecuencias de una posible suspensión, insistiendo en que el servicio de vigilancia y seguridad de San Telmo resulta «imprescindible para garantizar el adecuado funcionamiento de los sistemas de detección de intrusión y control de acceso, siendo de especial relevancia las instalaciones y servicios de seguridad «con motivo de la activación del nivel 3 de alarma antiterrorista y posterior elevación a nivel 4».
Además, en sus alegaciones la Junta recuerda que la norma técnica para la protección de edificios públicos de uso administrativo ante el riesgo de inclusión (Decreto 94/2017, de 27 de mayo) establece una catalogación de los niveles de riesgo de los inmuebles. La sede de la Presidencia de la Junta se sitúa en el máximo nivel de riesgo, que es el 5.
Pese a que en sus alegaciones la administración autonómica apela a que el interés público podría verse «seriamente comprometido» en caso de suspensión, el mencionado tribunal considera que la prestación «no se verá afectada inminentemente» porque el contrato en vigor no finaliza hasta el próximo 18 de enero y la resolución en cuestión se prevé en un breve plazo.
Todo ello sin valorar lo que supondría reiniciar el proceso de adjudicación de nuevo y los tiempos con los que se mueve la administración pública para la formalización de los contratos.
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