Ayuntamiento de Madrid
El juez rechaza las alegaciones de Carmena y mantiene la suspensión del acto independentista
El magistrado asegura que la convocatoria de Madrileños por el Derecho a Decidir es “un ataque a la propia Constitución”
El juez José Yusty ha ratificado hoy en un nuevo auto la suspensión del acto en favor del referéndum independentista catalán organizado por la agrupación de Madrileños por el derecho a Decidir. En esta nueva resolución, el juez rechaza los argumentos que el Gobierno de Manuela Carmena (Ahora Madrid) había presentado en el juzgado esta misma mañana.
El Ayuntamiento de Madrid había alegado que la suspensión del acto que había dictaminado el juez el pasado martes "vulnera valores y principios constitucionales claramente implicados", así como varios derechos fundamentales. El juez, sin embargo, niega este extremo y señala que no se "ataca"la libertad de expresión sino que únicamente se suspende la cesión de un local para un acto que tiene todos los "visos racionales de pronunciarse a favor de un referéndum no autorizado". Y añade el magistrado que “admitir que el acto se limita a una exposición abstracta del derecho a la autodeterminación de los pueblos, en general, sin aludir a las circunstancias de todos conocidas, resultaría un alejamiento de la realidad inconcebible”.
Alegaciones de Carmena
En su escrito de alegaciones, los servicios jurídicos del consistorio de la capital argumentaban que "las opiniones manifestadas pueden molestar, inquietar o disgustar al grupo municipal recurrente o a otras personas, pero, como muy bien señala el Tribunal Constitucional, la libertad de expresión vale no solo para la difusión de ideas u opiniones acogidas con favor o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también para aquellas que contrarían, chocan o inquietan al Estado".
Por contra, el juez Yusty estima que el acto, por tener “todos los visos racionales de pronunciarse a favor de la celebración de un referéndum no autorizado, que en definitiva se dirige contra la unidad de España, proclamada en el artículo 2 de la Constitución", supone un “ataque a la propia Constitución".
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