Rosetta Forner

Condenas a ciegas

La Razón
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El caso de Pablo Ibar me recuerda los casos de Hurracain Carter y Betty Ann Watters (película:«Conviction/condena»), –ambos llevados a la gran pantalla. El segundo es menos conocido–: a Keneth Watters le adjudicaron un brutal asesinato que no había cometido. Después de muchos años de tribulación, Betty Watters decidió licenciarse en Derecho para darle una defensa justa a su hermano. Se empeñó en recuperar las pruebas, logró que analizaran el ADN y así pudo demostrar que él no había sido el autor. En ambos casos, la ceguera humana, con y sin maldad, les adjudicó un crimen que no habían cometido, por el cual sufrieron los rigores del castigo injusto que es peor que el estipulado cuando uno es culpable.

Este tipo de injusticias es lo que debe evitarse en un tribunal, y no siempre se consigue puesto que el ser humano es imperfecto en su evaluación de las conductas rechazables y, consecuentemente, punibles de sus semejantes.

Parece ser que es intrínseco a la naturaleza humana que nos cueste disociarnos de nuestros «monstruos» interiores, miedos y fantasmas. En su lugar, los proyectamos en los demás, se los endilgamos, y les castigamos tratando de expiar culpas propias en persona ajena a nuestras miserias. Con razón Jesús dijo: «Quién esté libre de culpa, que tire la primera piedra». En una época de alta tecnología, no debería condenarse a nadie cuyo ADN no habite en el lugar del crimen. Ante la duda, mejor no arruinarle la vida a un inocente ni ejecutarlo.