Tribunales
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La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso que una vecina de Abarán presentó contra la sentencia de un juzgado de Cieza que la condenó por abofetear y clavar las uñas a un menor de 16 años al sorprenderlo cuando orinaba en las inmediaciones de la casa de ella durante las fiestas locales.
La sentencia indica que el juez de instrucción declaró como hechos probados que el incidente se produjo en septiembre de 2011, cuando la denunciada, al ver al chico haciendo aguas menores, le recriminó su actitud con palabras como "desgraciados, borrachos, marranos", según recogía la sentencia.
Al acercarse al menor, "le dio un guantazo en la zona de la oreja, y cuando este intentó marcharse, ella lo agarró por el antebrazo derecho clavándole las uñas, y cuando él consiguió soltarse, ella le volvió a llamar 'marrano y desgraciado' y le pegó un golpe en el omoplato".
La sentencia confirmada ahora por la Audiencia condenó a la denunciada a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de seis euros, y a pago de una indemnización de 270 euros por una falta de lesiones, mientras que la absolvió de la de injurias y amenazas leves, por la que también fue juzgada.
Al desestimar el recurso, la sala indica que "hubo una reacción violenta, injustificable, excesiva y desproporcionada por parte de la denunciada, que carece de amparo en la legítima defensa".
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