Comercio electrónico
Cuando los Reyes Magos necesitan abogado
«Chollos» sospechosos en la red, compras que no llegan, regalos que queremos devolver, estafas en los pagos... Muchas son las cuestiones en las que un consejo legal sería muy útil a los Reyes Magos ante su inminente llegada para acabar sus compras navidenas con una sonrisa y la satisfacción del deber cumplido. Desde Legálitas ofrecen una serie de consejos para evitar complicaciones a partir de este 6 de enero.
Si los Reyes Magos compran a través de internet
Los Reyes Magos también se han sumado a la compra a traves de internet, y aunque las compras online tienen indudables ventajas, Sus Majestades deberán tomar algunas precauciones para evitar sustos. El Instituto Nacional de Ciberseguridad ha publicado que más de un 64% de los internautas españoles ha vivido una situación de intento de fraude. Para que la compra sea segura es conveniente seguir algunos consejos. Por ejemplo, la seguridad del sitio web: deberán asegurarse de que el sitio es de confianza o informarse antes de comprar, realizando una busqueda por Internet para ver la experiencia de otros usuarios. Es importante que comprueben también que la página web tiene un protocolo seguro, es decir, utilizando una plataforma «HTTPS». Es conveniente ver las condiciones de uso de la página web: en toda web debe aparecer una dirección física a la que reclamar, además de la denominación social y el NIF del comercio. Sus Majestades deberán desconfiar de cualquier web en la que no las encuentren. Importante también es que se aseguren de que aparecen las condiciones de la compra, política de devolución del producto y el tiempo de posible devolución del artículo. Nunca deberán introducir el PIN de la tarjeta. En el proceso de pago de cualquier compra online los datos habituales para finalizar el proceso de compra son: el numero de la tarjeta de credito y el codigo CVC de verificación. Si alguien pide a los Reyes Magos otros datos, que desconfíen. Es fundamental, por último, que los Reyes Magos guarden la documentación de su orden de pedido. Será necesaria para poder reclamar o desistir de su compra.
Leer la letra pequeña
Seamos o no Reyes Magos, el primer consejo a la hora de decidir si una determinada oferta comercial nos interesa es, cómo no, leer la letra pequena. Es fácil interpretar que todos los productos que aparecen en un catálogo o en la publicidad de un establecimiento (del tipo «¡dos por uno!») están en oferta cuando, en realidad, la oferta alcanza sólo a algunos, que hacen de «gancho» para el resto. Debemos por tanto leer con detenimiento en qué consiste exáctamente la oferta, ya que sólo podremos exigir aquéllo a lo que se han comprometido mediante su publicidad.
La publicidad es vinculante
Igual que Sus Majestades sólo podrán exigir al establecimiento lo que contiene exáctamente su oferta comercial, este mismo consejo tiene una contrapartida a su favor, ya que la publicidad es vinculante. Podrán exigir al establecimiento todo aquéllo a lo que se han comprometido mediante su publicidad, es decir, que cumplan todo lo que figura en catalogos, carteles, publicidad, web... ya que todo ello es parte de su oferta comercial. Si, llegado el momento, el establecimiento no cumple con lo publicitado, será motivo de reclamación.
¿Y si lo que nos regalan los Reyes no nos gusta?
Debemos distinguir dos supuestos. Primero, que el regalo lo hemos comprado en un establecimiento físico. Aunque estamos acostumbrados a dar por sentado que los consumidores tenemos derecho a la devolución, en realidad no es así. Se trata de una cortesía del establecimiento a la que no está obligado cuando el producto se encuentra en perfecto estado, salvo en el caso de que lo anuncie o conste así en el ticket de compra. El segundo supuesto es que el regalo haya sido comprado a traves de internet. A diferencia del caso anterior, si la compra ha sido a distancia (venta telefonica, internet o a través de catalogo), podemos desistir de la compra y solicitar que nos devuelvan el dinero, aunque el artículo esté en perfecto estado. El plazo para hacerlo es de 14 dias desde que se nos entregó y el vendedor tiene también dos semanas desde que lo recibe para devolvernos el dinero. Para saber quién paga los gastos de envío para la devolución deberemos acudir nuevamente a lo que han publicitado y a las condiciones contratadas. Si se han comprometido a asumirlos deberán hacerlo. Si no dice nada, seremos nosotros quienes debamos pagarlos.
¿Y si el regalo está defectuoso?
Si el regalo que nos traen los Reyes tiene algun problema o defecto, tenemos derecho a solicitar la garantía. La reclamación por la garantia siempre debe dirigirse al vendedor y sólo se realizará al fabricante cuando la reclamación al vendedor fuera imposible. En cuanto a los plazos, estos varían dependiendo de si el artículo es nuevo o de segunda mano. Si es nuevo tenemos dos años. Si lo hemos comprado en un establecimiento de compraventa de objetos de segunda mano, sera de un año.
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