Hacienda
El comedor escolar está exento de IVA si el servicio lo presta el centro
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha recordado este lunes que los comedores escolares están exentos de pagar el IVA si el servicio lo presta el centro, según fuentes oficiales del departamento que dirige Cristóbal Montoro, que han negado que haya habido ninguna advertencia o recordatorio de Bruselas sobre este tema.
Hacienda ha recordado que aplica "estrictamente"la normativa europea en este tema, según la cual los comedores escolares están exentos de pagar el IVA si el servicio lo presta el centro escolar con medios propios (artículo 20.1. 9 Ley del IVA).
Así, si el servicio lo presta una entidad de carácter social está exento si se trata de custodia a niños menores de 6 años y está sujeto a al IVA general en caso de custodia de niños mayores de 6 años.
En el supuesto de que la entidad que preste el servicio sea una sociedad mercantil, se le aplica un IVA reducido del 10% si se trata de un servicio para niños menores de 6 años y el tipo general del 21% si se trata de niños mayores de 6 años.
Esta normativa es una doctrina reiterada de la Dirección General de Tributos y contestada en respuestas vinculantes desde 2008.
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