Santiago de Compostela

España se une al convenio del Consejo de Europa contra el tráfico de órganos

El Gobierno ha dado hoy luz verde a la firma de un convenio del Consejo de Europa de lucha contra el tráfico de órganos humanos, la protección de las víctimas y el fomento de la cooperación nacional e internacional en esta materia. La firma del convenio, acordada en el Consejo de Ministros, se llevará a cabo el próximo día 25 en Santiago de Compostela.

El documento establece la obligación de que las partes adopten medidas legislativas y de otro tipo, necesarias para tipificar como delito en la legislación nacional el tráfico de órganos. En la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, ha afirmado que el Ejecutivo ya ha encargado que se estudie todo lo que España debe hacer para cumplirlo.

Por su parte, el director de la Organización Nacional de Trasplante (ONT), Rafael Matesanz, ha destacado la importancia de este convenio, "algo por lo que España ha luchado durante mucho tiempo", y ha asegurado que se trata del "documento de mayor valor a nivel internacional"contra "esta lacra del siglo veintiuno". En declaraciones a los medios, Matesanz ha explicado que "se da un paso para que muchos países que no los tienen dispongan de instrumentos legales"para combatir no solo la compra-venta de órganos, sino todo lo que gira alrededor de este negocio.

Según el convenio, serán delitos de tráfico de órganos la extracción ilícita de órganos humanos (de donantes vivos o fallecidos), entendiendo que se ha llevado a cabo sin el consentimiento informado, libre y expreso del donante vivo. También se considera delito la extracción de órganos de personas fallecidas sin cumplir con los criterios de autorización que se establezcan en la legislación nacional, así como la extracción de órganos cuando el donante vivo o una tercera parte reciben un beneficio económico o ventaja comparable. Constituye, asimismo, un delito de tráfico de órganos el uso indebido de órganos extraídos de manera ilícita, las actividades necesarias para la utilización posterior de órganos que se han extraído ilícitamente, y aquellas actividades que den lugar a un beneficio económico o a una ventaja comparable a favor de un donante, un receptor u otra tercera persona.

Fija que las partes habrán de adoptar las medidas legislativas y otras necesarias para garantizar el acceso a la información, la asistencia y el derecho de compensación a las víctimas.

En cuanto a la prevención del delito, cada Estado deberá asegurar la existencia de un sistema nacional transparente para el trasplante de órganos y el acceso equitativo al trasplante, así como para la recogida, análisis e intercambio de información relativa a los delitos incluidos en el convenio en cooperación con las autoridades relevantes. En España -recuerda el Ministerio de Sanidad en un comunicado- las actividades de donación y trasplante están reguladas en nuestro ordenamiento jurídico.

En el mismo se señala el carácter gratuito que han de tener las donaciones a partir de personas vivas o fallecidas, la obligatoriedad del consentimiento libre, informado y expreso para proceder a la extracción de órganos para trasplante a partir de una persona en vida y los requisitos de consentimiento y autorización para la extracción de órganos a partir de una persona fallecida. Además, el marco legislativo español vigente hace referencia explícita al tráfico de órganos, establece sanciones y dispone de una serie de artículos que se pueden considerar destinados a prevenir el delito y a proteger a sus víctimas.