Colombia
Seis meses de cárcel para una mujer que se casó sin haber anulado un matrimonio anterior
La Audiencia de Alicante ha confirmado la pena de seis meses de prisión para una mujer de nacionalidad colombiana que se casó en 2006 por lo civil en la ciudad sin que hubiera anulado un matrimonio religioso previo en su país de 1995. De este modo, rechaza el recurso de la condenada contra una sentencia del juzgado de lo Penal número 3 de Alicante, que le impuso esa condena por un delito de matrimonio ilegal. La mujer había alegado que en el juicio no se practicó ninguna prueba para enervar la presunción de inocencia y que no conocía que el primer matrimonio religioso contraído en Colombia produjera efectos civiles, por lo que se casó "en la creencia de que no había impedimento alguno".
En este sentido, la Audiencia apunta a que el artículo 217 del Código Penal exige que la conducta se realice "a sabiendas"de que subsiste el matrimonio anterior. En este caso, ese enlace se celebró en 1995 en Colombia, un antecedente con el que "ya resulta difícil dar crédito a la tesis exculpatoria, dada la tradición en dicho país sobre los efectos civiles del matrimonio católico".Por ello, sostiene que se trata de una realidad "de general conocimiento"y añade que existen documentos que acreditan que la mujer ocultó su primer matrimonio en el Registro Civil, como la declaración de dos testigos de su país, que declararon en 2005 que era soltera sin haber sido casada en ningún enlace anterior y la propia declaración de ella que, en el escrito emitido por el Registro Civil, se identificó como soltera.
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