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300.000 euros para las webs «piratas» reincidentes

El anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual se aprobará la semana que viene. Incluye multas y medidas para dificultar la financiación de quienes no retiren contenidos protegidos
larazon

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El Consejo de Ministros no examinará hoy el anteproyecto que reforma la Ley de Propiedad Intelectual, como estaba previsto, aunque se mantiene, en principio, en la agenda de la semana que viene. El objetivo del texto es que se puedan tomar decisiones urgentes mientras se elabora una nueva norma. Las medidas se agrupan en tres bloques: el primero, del que dio cuenta ayer LA RAZÓN, van encaminadas a supervisar la labor de las entidades de gestión después de escándalos como el de SGAE. El segundo tiene como objetivo reforzar la lucha contra la «piratería» de contenidos en internet para facilitar el consumo de oferta legal. Además de las webs que se lucran con material ajeno, Cultura amplía el ratio hasta otras «que tengan como principal actividad facilitar de manera notoria, en particular en los casos en los que se ofrecen listados ordenados y clasificados de enlaces a tales contenidos ofrecidos ilícitamente de manera notoria», según indica el texto que revisarán los ministros.

Denuncias de la industria

Se refuerza, además, el papel de la Comisión de Propiedad Intelectual, cuya labor no ha sido todo lo diligente que se esperaba. Su sección segunda es la que recibe las denuncias de la industria cultural sobre las obras que están siendo explotadas en la red sin permiso. Una de las mejoras que introduce el texto es que los creadores podrán denunciar en bloque varias de sus obras y no como hasta ahora que era necesario hacerlo título a título (por ejemplo, canción a canción de un mismo álbum). En los casos en que no se retiren de forma voluntaria los contenidos (después de haber sido acreditado que la web que los explota no tiene los derechos y que existe ánimo de lucro), se podrá requerir la colaboración de los servicios de pago electrónico y publicidad. También se indica, que se dará prioridad «a bloquear la financiación del prestador de servicios» declarado infractor. Las sanciones económicas se introducen en la norma después de que la industria cultural insistiera que, más allá de la retirada de los contenidos, lo importante para que no se reincidiera era «tocar» el bolsillo de los «piratas». Así, el texto indica que «el incumplimiento por dos o más veces de requerimientos de retirada de contenidos declarados infractores[...] por parte de un mismo prestador de servicios de la sociedad de la información, constituirá una infracción administrativa grave sancionada con multa entre 30.000 y 300.000 euros». Ante un fenómeno global como es internet parece necesario no circunscribirse al territorio nacional, así cuando los responsables de las webs de enlaces residan fuera de la Unión Europea las notificaciones de que alguien ha denunciado los contenidos que alberga «se efectuará exclusivamente en el tablón de edictos» de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Cultura. Si en diez días no responden, se dará por cumplido el procedimiento.
Además, se modifica la ley de enjuiciamiento civil para poder identificar a aquellos que ponen contenidos protegidos a disposición del público «a gran escala, de forma directa o indirecta, a través de cualquier enlace o redireccionamiento».
El tercer grupo de medidas tienen por objeto redefinir el concepto de «copia privada». Nada más llegar al poder, el Ejecutivo de Rajoy decidió sustituir el canon digital que pagaban los usuarios de equipos electrónicos por una asignación a las entidades de gestión fijada en los Presupuestos Generales del Estado.

Canon restringido

Antes, cada equipo electrónico susceptible de duplicar contenido audiovisual estaba gravado con una tasa que iba a parar a los autores en compensación por las copias privadas que podían realizar sus usuarios. Una sentencia de la justicia Europea determinó que el cobro «indiscriminado» de este canon era contrario a la legislación comunitaria. Cultura plantea en el texto que la compensación siga saliendo de las arcas públicas, pero con unas reglas del juego bastante diferentes. Quedan excluidas tanto «las reproducciones para uso profesional o empresarial» y también aquellas «a partir de soportes físicos que no sean propiedad del usuario, incluyéndose aquellas no adquiridas por contraventa comercial, y mediante comunicación pública salvo las reproducciones temporales e individuales de las obras radiodifundidas que se realicen únicamente con el propósito de permitir su visionado o audición en un momento posterior». Es decir, «cuando carezcan de autorización devienen ilícitas y no podrán ser objeto de la compensación equitativa». Fuentes de la industria cultural ya han manifestado en privado su desacuerdo con esta decisión y aseguran que lucharán para que no llegue así a la redacción definitiva que debe ser aprobado en el Congreso, pues, según ellos, España pasaría de un modelo muy «protector» del autor (el que existía hasta finales de 2011) a otro en que la copia privada quedaría «prácticamente prohibida».
Los editores no quieren verse relegados en la nueva ley
Ante la aprobación del Anteproyecto de la Ley de Propiedad Intelectual, un sector clama contra la «indefensión» a la que ha sido relegado por los sucesivos gobiernos en materia de protección de derechos de autor. La Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE) hizo público ayer un comunicado en el que reivindicaban no ser relegados frente a otros agentes. La asociación considera clave que cualquier reproducción comercial directa o indirecta de sus contenidos digitales por terceros requiera el permiso previo de los editores como sucede con sus ediciones impresas. Los editores ven «un contrasentido» que el Gobierno «apoye en la teoría el desarrollo de un mercado digital por su alta incidencia en la creación de empleo pero que luego no establezca las condiciones legales necesarias para desarrollarlo. Sin seguridad jurídica no hay mercado que pueda crecer ni inversión que dé fruto», aseguran.