Buscar Iniciar sesión

El constitucionalismo español, sin tópicos

larazon

Creada:

Última actualización:

La cantinela de la «singularidad española en la Europa contemporánea» es un tópico alimentado por el regeneracionismo, la izquierda y el franquismo. Esto obliga muchas veces a hacer un exordio, incluso en clases universitarias, sobre la equiparación de la historia de España con la del resto de Europa antes de contar aciertos o errores de la vida política, económica o constitucional de nuestro país. No procede sólo del desconocimiento de la historia europea y de las interpretaciones partidistas de los acontecimientos españoles, sino del sentimiento trágico y acomplejado que nos caracteriza.
La historia del constitucionalismo español ha estado, como otras disciplinas, anclada a tópicos, decía, como la excepcionalidad en Europa, la inferioridad respecto a modelos ideales como el británico o el francés –que no lo son tanto–, la «inexistencia» de revolución burguesa, o el «péndulo» constitucional. En consecuencia, siempre se agradecen nuevas interpretaciones con calado académico que enriquezcan el debate. Los responsables de lectura oportuna son Francisco Marhuenda, profesor de Historia del Derecho y de las Instituciones Públicas en la Universidad Rey Juan Carlos, y Tomás Zamora, que fue profesor de Derecho Constitucional que dan una perspectiva diferente en su reciente libro «Historia político-constitucional de España».
w Coordenadas comunes
El nuevo enfoque que aportan los autores desbarata la idea de la excepcionalidad española y de su discontinuidad constitucional. Y lo hacen entretejiendo la historia política con el análisis jurídico y los planteamientos culturales del momento. De esta manera, sitúan el constitucionalismo español, desde 1812, en las coordenadas europeas, concluyendo que la estructura social a la que respondieron nuestras constituciones era equiparable a la del resto de Europa; que el paso del Antiguo al Nuevo Régimen –el constitucional– fue el resultado de un pacto entre lo viejo y lo emergente; y que la burguesía fue poliédrica, no un sujeto colectivo monocorde, como lo demuestran sus partidos políticos y constituciones.
A partir de ahí, Marhuenda y Zamora señalan la relevante continuidad entre la Constitución de 1837, nacida del consenso entre progresistas y moderados, y los textos de 1845, 1856, 1869 y 1876. No dudan a la hora de señalar los errores constitucionales, tanto institucionales como políticos, especialmente el exclusivismo de los autores de las constituciones, y los aciertos, casi siempre ligados a la conciliación. Es aquí donde los autores afirman la trascendencia de la Constitución de 1978, basada en la “cultura cívica del consenso”, clave de su longevidad y enseñanza para el futuro.

Archivado en: