Crisis
Las ayudas directas, un año después: 3.000 euros por autónomo y hasta 200.000 por empresa
De los 7.000 millones de ayudas directas, 2.000 millones se lo repartirán entre Canarias y Baleares por ser los territorios más afectados por la pandemia
Un años después del cierre del país para combatir la pandemia del coronavirus, autónomos y pymes podrán acceder a ayudas directas a fondo perdido desde 3.000 hasta 200.000 euros. Así lo aprobó este viernes el Gobierno en una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros, que dió luz verde al nuevo paquete de rescate por 11.000 millones de pymes y autónomos, de los que 7.000 millones se concederán en forma de ayudas directas a fondo perdido a empresas viables con problemas de solvencia por la pandemia. De estas ayudas directas, que gestionarán las autonomías, se podrán beneficiar autónomos y empresas viables que hayan tenido una caída de sus ingresos de al menos el 30% en 2020 , tal y como solicitaba Podemos. Las ayudas cubrirán hasta un 40% de la caída adicional de ingresos de las microempresas y autónomos, con hasta 10 empleados, y un 20% para el resto de empresas, con una cantidad fija de 3.000 euros para los autónomos que tributen en régimen de estimación objetiva y un rango de entre 4.000 y 200.000 euros para el resto. Las empresas que accedan a estas ayudas deberán garantizar su actividad hasta junio el 30 de junio de 2022 y sus equipos directivos no podrán subirse sus retribuciones, entre otros requisitos. El Gobierno prevé que en el plazo de un mes y diez días, es decir en mayo, haber firmado los convenios correspondientes con todas las comunidades para proceder a transferir los 7.000 millones de ayudas directas.
El paquete aprobado hoy de 11.000 millones de euros se distribuirá en tres fondos:
1)Ayudas directas por 7.000 millones.- La nueva Línea de ayudas directas a autónomos y empresas, dotada con 7.000 millones de euros, que gestionarán las comunidades autónomas, tal y como adelantó LA RAZÓN el lunes pasado, para conceder ayudas directas a los autónomos y empresas de los sectores más afectados por la pandemia, cuyos ingresos hayan caído más de un 30% con respecto a 2019. Estas nuevas ayudas directas no reembolsables se añaden a los fondos, por importe de 24.000 millones de euros, ya transferidos por el Estado a las comunidades autónomas en 2020 y 2021 para que den un respuesta sanitaria, económica y social para paliar los efectos de la pandemia. Las CCAA ya han anunciado su intención de utilizar 2.000 millones de euros de estos recursos para ayudas directas a autónomos y empresas. Las nuevas ayudas establecidas tendrán carácter finalista y se emplearán para el pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como pagos a proveedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera.
Podrán acceder a estas ayudas todas las empresas y autónomos del sector de la hostelería y la restauración, los sectores con acceso a los ERTE ampliados establecidos en el Real Decreto-ley 2/2021, y otros especialmente afectados por la pandemia, como las actividades de la industria manufacturera relacionadas con el comercio y la hostelería; comercio al por mayor y minorista; sectores auxiliares al transporte; mantenimiento aeronáutico, y actividades relacionas con la cultura y las actividades deportivas. En total, son cerca de un centenar las actividades a las que podrán llegar los recursos.
Esta línea constará de dos compartimentos, según explicó la vicepresidenta económica. Uno de 5.000 millones, que se destinará al conjunto de comunidades autónomas, salvo Islas Baleares y Canarias. Mientras, Canarias y Baleares recibirán 2.000 millones de euros de ayudas directas por tratarse de los territorios más castigados por la pandemia. La asignación de los fondos se realizará siguiendo los mismos criterios que los utilizados para el REACT EU (impacto de la pandemia en el crecimiento económico del territorio e impacto de la crisis en el desempleo e impacto en el desempleo juvenil).
2) Reestructuración de las deudas ICO por 3.000 millones.- Este segundo eje de actuación incluye un conjunto de medidas de apoyo y flexibilización de los préstamos que cuenten con aval público, permitiendo así que el ICO se incorpore a los procesos de refinanciación y reestructuración que pacten los bancos y sus clientes, protegiendo también la estabilidad financiera. Este eje se ve apoyado mediante la creación de una nueva línea para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, dotada con 3.000 millones de euros. Las Líneas de Avales del ICO puestas en marcha en 2020 han permitido movilizar más de 121.000 millones de euros de financiación para autónomos y empresas. La norma aprobada hoy extiende hasta el 31 de diciembre el plazo para solicitar préstamos con aval del ICO. En noviembre se adoptaron ya medidas para facilitar el pago de estas deudas, al extenderse hasta dos años el periodo de carencia del pago del principal y ampliarse a ocho años el plazo de devolución de los préstamos. Sobre la base del análisis del cliente que haga la entidad financiera, se podrán acordar medidas para, en primer lugar, extender por un periodo adicional el plazo de vencimiento de los préstamos con aval público. Además, se podrán convertir los préstamos con aval público en préstamos participativos, medida que reforzará los recursos propios de las empresas beneficiarias al tener estos préstamos un tratamiento equivalente al capital a efectos mercantiles.
Como medida de último recurso en este ámbito, se permite la concesión de ayudas directas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia. Las ayudas podrán destinarse a las empresas que cumplan los criterios de elegibilidad que se establecerán por un posterior Acuerdo de Consejo de Ministros y dentro de un proceso de renegociación acordado por los clientes con las entidades financieras, que asumirán la parte proporcional de la reducción del préstamo. Para la articulación de estas medidas se aprobará un Código de Buenas Prácticas, de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras y otros organismos, similar al existente en el ámbito hipotecario, cuyo objetivo es favorecer una actuación coordinada y eficiente de los bancos en apoyo de empresas viables con problemas puntuales de solvencia.
3) Fondo de recapitalización de empresas medianas por importe de 1.000 millones. En tercer lugar, y para los casos en que las medidas anteriores no hayan sido suficientes, se crea un Fondo de recapitalización de empresas afectadas por Covid, dirigido a reforzar los balances de empresas que eran viables en diciembre de 2019, pero que se enfrentan a problemas de solvencia por la pandemia. Este fondo está dotado con 1.000 millones de euros y será gestionado por Cofides, empresa con capital público-privado. Las ayudas se realizarán en forma de instrumentos financieros, como préstamos ordinarios, préstamos participativos, capital u otros a empresas que atraviesen dificultades temporales y que no puedan acceder a las ayudas del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, gestionado por SEPI, que tiene un importe mínimo de aportación de 25 millones de euros.
Modernización de la normativa concursal para favorecer la continuidad de la actividad empresarial El Real Decreto-Ley aprobado establece también medidas en el ámbito concursal, extendiéndose hasta el 31 de diciembre las moratorias actuales, con el fin de que las empresas viables en condiciones normales de mercado cuenten con instrumentos legales que les permitan mantener su actividad y el empleo. De forma específica, se extienden las moratorias relativas a la exención del deber del deudor de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso que presenten los acreedores; se amplía el plazo para renegociar, tanto los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago (ambos son instrumentos previos al concurso), como los propios convenios concursales; y se amplían hasta el 31 de diciembre de 2021 las medidas procesales que agilizan los procesos, como la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial.
Esta extensión proporcionará un periodo para abordar los procesos de análisis y reestructuración de las empresas sin desencadenar una innecesaria pérdida de valor en tanto se moderniza y agiliza el régimen concursal, favoreciendo la acción temprana y los acuerdos de reestructuración de las deudas con el fin de evitar la destrucción de empleo y de tejido productivo, con ocasión de la transposición de la Directiva de la UE sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.
4) Otras medidas.- Con el objetivo de reforzar la solvencia de las empresas se amplían los plazos de ejecución de proyectos financiados por la Secretaría General de Industria y de la PYME y de los préstamos concedidos por Emprendetur a empresas del sector turístico. También se aumenta a cuatro meses el periodo para poder retrasar el pago de deudas tributarias sin intereses de demora. La norma regula la posibilidad de que las sociedades anónimas que no hayan podido modificar sus estatutos puedan seguir celebrando la junta general o asamblea de socios por medios telemáticos durante el ejercicio 2021, siempre que se garantice la identidad del accionista que ejerce su derecho de voto y se ofrezca la posibilidad de participar en la reunión por distintas vías. Finalmente, se establecen los mecanismos necesarios para que la Comisión Nacional del Mercado de Valores pueda regular la publicidad de criptoactivos u otros activos o instrumentos presentados como activos de inversión que en la actualidad se encuentran fuera del perímetro de la regulación financiera.
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