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IRPF

La deducción desconocida que permite ahorrar más de 500 euros en la Renta por cuidar a padres mayores

En la declaración de la Renta existen dos grandes tipos de deducciones que pueden reducir la cuota final: las estatales y las autonómicas

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la Renta Carlos LujánEuropa Press

La cuenta atrás ya ha comenzado. El próximo 8 de abril, en apenas poco más de dos semanas, dará inicio la campaña de la Renta, una cita con la Agencia Tributaria que se extenderá hasta el 30 de junio. Durante estos meses todos los contribuyentes que estén obligados (o quieran) deberán presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), rindiendo cuentas así con Hacienda.

Como cada año, la declaración puede terminar con un resultado a pagar o a devolver, según la diferencia entre lo adelantado durante el ejercicio y lo que realmente corresponde tributar. No obstante, la factura fiscal no es definitiva: existen numerosas deducciones que permiten reducir el importe a ingresar o, en su caso, incrementar la devolución final.

En la declaración de la Renta existen dos grandes tipos de deducciones que pueden reducir la cuota final: las deducciones estatales, aplicables en todo el territorio nacional, y las deducciones autonómicas, que dependen de la comunidad autónoma de residencia. Estas últimas varían de forma significativa entre regiones, por lo que conocer cuáles corresponden según el domicilio fiscal es clave para optimizar el resultado de la declaración.

La Comunidad de Madrid mantiene una medida desconocida por muchos contribuyentes que puede suponer un alivio económico para numerosas familias, ya que permite deducirse más de 500 euros por el cuidado de padres mayores de 65 años que cumplan los requisitos establecidos.

En concreto, la normativa establece una desgravación de 515,50 euros por cada ascendiente mayor de 65 años que conviva con el contribuyente. Esta misma cantidad también se aplica en el caso de padres con una discapacidad igual o superior al 33%, aunque no hayan alcanzado esa edad. El objetivo de esta deducción es reconocer el esfuerzo económico que asumen quienes se hacen cargo de familiares mayores.

"Cuando el ascendiente genere el derecho a la deducción para más de un contribuyente simultáneamente, el importe de la misma se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos, si tributaran de forma individual", explican desde la Agencia Tributaria.

Para poder beneficiarse de esta deducción, es necesario cumplir ciertas condiciones. El ascendiente debe convivir con el contribuyente durante al menos la mitad del año y no superar un límite de ingresos anuales fijado por la normativa. Además, no puede presentar declaración con rentas superiores al máximo establecido, por lo que los expertos recomiendan revisar cuidadosamente los datos fiscales antes de confirmar el borrador.