Tecnologías de la Información
Nueva Ley de Protección de Datos; todo lo que necesitas saber para tu empresa
Con la nueva legislación sobre Protección de Datos que entró en vigor el pasado 25 de mayo, los usuarios pueden controlar la información personal que ceden a las empresas y pueden pedir compensaciones si se utilizan para algún fin para el que no han dado expresamente su consentimiento.
Con la nueva legislación sobre Protección de Datos que entró en vigor el pasado 25 de mayo, los usuarios pueden controlar la información personal que ceden a las empresas y pueden pedir compensaciones si se utilizan para algún fin para el que no han dado expresamente su consentimiento.
EL objetivo principal que se busca con esta nueva legislación es que el usuario pueda conocer quién tiene sus datos personales y qué uso se está haciendo de ellos, teniendo la última decisión al respecto, todo enmarcado en el principio básico de la transparencia, con una información clara y directa.
¿En qué influye esta nueva legislación a las empresas, autónomos o asociaciones?
Con la aplicación de la nueva legislación en materia de Protección de Datos, las empresas, los autónomos, las asociaciones, e incluso las administraciones públicas, tendrán que pedir a los ciudadanos su consentimiento expreso y específico para cada acción que quieran llevar a cabo que implique el uso o tratamiento de sus datos.
En este sentido, ya no será válido con la aplicación del consentimiento tácito, es decir, considerar que un usuario acepta lo que no rechaza abiertamente. Del mismo modo, no se le podrán ofrecer casillas previamente macadas de asentimiento, y que el artículo 25 del reglamento hace referencia a la privacidad por diseño y defecto como principios obligatorios.
Si tienes un negocio, aquí puedes descargar todos los textos legales y contratos de protección de datos referentes a la LOPD y el RGPD para que tu empresa se encuentre enmarcada en el marco de la legalidad, una cuestión que es vital para que permanezca abierto sin tropiezos legales.
Si aplicamos este nuevo marco legal a la práctica, serían cuestionables muchas de las bases de datos que tienen en su poder hoy muchas empresas y organizaciones y que fueron obtenidos bajo supuestos que ahora ya no son legales, como el consentimiento tácito del que ya hemos hecho referencia. Y es que son muchos los registros que hoy forman parte de las bases de datos de diferentes organizaciones, obtenidos bajo tácticas y procesos que ahora ya no son legales, por lo que hay que adaptarse a la mayor brevedad a las nuevas condiciones si no queremos permanecer en la ilegalidad.
Lo mejor en este caso, es no hacer uso de estos datos a no ser que se le pida el consentimiento a esos usuarios que se registraron o directamente borrarlos, pues en caso de inspección serían motivo de sanción si no se puede acreditar que eso datos han sido cedidos conforme a la nueva ley de protección de datos.
Comparador de empresas para la Protección de Datos
Dada la entrada en vigor de esta nueva legislación que endurece las medidas que se han de tomar al hacer uso de los datos de los ciudadanos, tal vez la mejor opción sea dejar esta labor en manos expertas y externalizar esta tarea a empresas especializadas en esta área.
En este comparador de empresas de protección de datos puedes comparar las tarifas de las empresas más reconocidas e importantes del sector o solicitar varios presupuestos para elegir una consultora de confianza a la que poder contratar el servicio de adaptación a esta ley para movernos siempre dentro de la legalidad.
Un sistema muy habitual que se ha llevado a cabo para revalidar los datos con los que las empresas contaban en sus ficheros ha sido enviarles correos electrónicos en los que se les solicitaba permiso a los clientes para poder mantener su información personal. Si el usuario decide no completar el nuevo procedimiento que recibe por correo electrónico, sus datos han pasado a ser automáticamente ilegales desde el 25 de mayo.
Las sanciones a las que se enfrentan las empresas si deciden retener estos datos sin consentimiento o usarlos puede ser una multa que ascienda al 4% de la facturación global anual o 20 millones de euros, la cuantía que resulte más elevada.
Otra novedad que trae el RGPD es la posibilidad de limitar el tiempo en el que la información sobre los datos de los ciudadanos puede ser tratada. Así se completa el esquema de acceso, rectificación, cancelación y oposición que ya venía estaba siendo regulado por la Ley Orgánica de Protección de Datos española (LOPD) antes del 25 de marzo.
Con esta normativa ya entrada en vigor desde marzo, ahora solo queda esperar cuál va a ser la actitud que van a adoptar los ciudadanos ante estos nuevos derechos que ahora les asisten. Por su parte, el director de operaciones de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea (ENISA) afirma que “los usuarios en Europa se están empezando a despertar y dando cuenta que quieren más seguridad. Cosa que no ocurría en el pasado”.
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