Impuestos

Portugal, un paso por delante de España con el Impuesto de Sucesiones: los padres e hijos están exentos

Este tributo, que se tiene que afrontar cuando se acepta la herencia, funciona de manera muy diferente en ambos países

Imagen dos billetes juntos: uno de 10 y otro de 20 euros
Portugal, un paso por delante de España con el Impuesto de Sucesiones: los padres e hijos están exentosLa Razón

España y Portugal comparten mucho más que una frontera en la Península Ibérica: ambos países tienen una profunda herencia histórica, una fuerte identidad cultural mediterránea y atlántica, y una economía muy vinculada al turismo, la agricultura y el comercio europeo. Forman parte de la Unión Europea y de la eurozona, lo que refuerza su conexión política y financiera, mientras que en el plano social destacan por tradiciones similares, una gastronomía excepcional con numerosos productos locales de calidad y un clima favorable que provoca que sean dos países más que apetecibles.

La relación lleva incluso a que ambas naciones sean las organizadoras del Mundial de fútbol de 2030, aunque Marruecos también se unió posteriormente. Son muchos puntos en común, pero también hay otros que son opuestos, incluso a nivel económico. Una de las grandes diferencias está a nivel impositivo, concretamente con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que es un tributo progresivo que grava el incremento patrimonial gratuito por herencias o donaciones. Funciona de manera muy distinta en ambos países.

La gran ventaja de Portugal en el Impuesto de Sucesiones

Este tributo aplica, como su propio nombre indica, cuando alguien hereda. Sea dinero, una vivienda, acciones o cualquier otro tipo de patrimonio, tiene que tributar por ello. Se tiene que afrontar cuando se acepta la herencia y los herederos disponen de seis meses para presentarlo ante la administración correspondiente. Además, este impuesto no recae sobre la masa hereditaria en sí, sino sobre cada heredero de forma individual.

Este impuesto depende de las comunidades autónomas en España porque, aunque existe una normativa estatal común, cada comunidad autónoma puede aplicar bonificaciones propias. En Portugal hay una gran diferencia desde 2009. El cónyuge o pareja de hecho, los descendientes (hijos y nietos) y los ascendientes (padres y abuelos) están exentos del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, nombre que recibe este tributo en el país vecino. No depende de la zona geográfica, cualquier heredero legítimo, forma de denominar a estos tres grupos, no tiene que pagar absolutamente nada.

Todo es diferente cuando el heredero son los hermanos o sobrinos de la persona fallecida. En este caso, los herederos tienen que pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados sobre la herencia, fijado en un 10% sobre los bienes sujetos a tributación, como confirma 'Pearls of Portugal' en su web. El país vecino premia la herencia directa, pero la carga impositiva no es demasiado elevada en el caso del resto de familiares.

Madrid o Andalucía, como Portugal

El Impuesto de Sucesiones en España varía considerablemente dependiendo de la comunidad autónoma en la que viva el heredero. En Madrid y Andalucía, al igual que en el país vecino, los hijos, padres y cónyuges tienen una bonificación del 99% sobre la cuota, lo que en muchos casos deja el impuesto en cifras simbólicas, pero en otras como Cataluña o Asturias el precio a pagar es muy superior. También se pueden aplicar bonificaciones específicas, pero ya depende de cada caso particular.

Se debe tener un cuidado extremo a la hora de heredar porque, como alerta el abogado Xavi Abat, hay seis errores que pueden costarte miles de euros al aceptar una herencia. Recibir una herencia no solo conlleva la transmisión de los bienes de una persona fallecida, sino que también puede convertirse en una fuente de costes imprevistos, sanciones fiscales o incluso deudas si no se gestiona con la debida planificación.