
Desempleo
El subsidio del SEPE de hasta 570 euros: quién podrá cobrarlo y desde cuándo
Los requisitos para acceder a este subsidio varían según la cantidad de días trabajados antes de perder el empleo

El subsidio por desempleo por cotizaciones insuficientes está destinado a aquellas personas en paro en situación legal de desempleo que no han acumulado los 360 días de cotización necesarios para acceder a la prestación por desempleo contributiva. Desde noviembre de 2024, las personas que accedan por primera vez a una ayuda asistencial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pueden recibir hasta 570 euros al mes durante los primeros seis meses, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la reforma aprobada por el Gobierno el pasado mes de mayo.
Este cambio se debe al Real Decreto-ley 2/2024, que reestructura en profundidad el denominado nivel asistencial de protección por desempleo. La modificación, impulsada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, consiste en "aumentar la protección por desempleo otorgada, corrigiendo las lagunas de desprotección existentes en la regulación actual". Según las estimaciones del Ejecutivo, más de 700.000 personas se verán afectadas de forma progresiva por este nuevo esquema de subsidios.
La principal novedad es la actualización de las cuantías. Las ayudas pasan a dividirse en tres tramos: un primer periodo de seis meses con una prestación de 570 euros mensuales (el 95% del IPREM que se sitúa en 600 euros); un segundo tramo de 540 euros (90% del IPREM) hasta completar un año; y, a partir de entonces, 480 euros, la cuantía que se mantenía hasta ahora.
Requisitos para acceder a este subsidio
Los requisitos para acceder a este subsidio varían según la cantidad de días trabajados antes de perder el empleo. Si el trabajador tiene responsabilidades familiares, es suficiente haber cotizado 90 días. En cambio, si la persona trabajadora no tiene responsabilidades familiares, necesita haber cotizado al menos 180 días.
Además, para acceder al subsidio es necesario estar en situación de desempleo y figurar inscrito como demandante de empleo, así como firmar el compromiso de actividad -lo que implica acudir a cursos de formación o entrevistas de trabajo cuando el SEPE lo requiera-. El solicitante tampoco podrá tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), sin incluir la parte proporcional de las pagas extra. En el caso de que el solicitante perciba otras ayudas incompatibles, no podrá acceder a esta prestación, al igual que si tiene derecho a la prestación contributiva por desempleo.
¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
El aumento de las cuantías solo afecta a quienes soliciten un subsidio asistencial por primera vez después de la entrada en vigor de la reforma. Esto incluye a personas que hayan agotado la prestación contributiva, trabajadores eventuales, menores de 45 años sin cargas familiares o víctimas de violencia de género, entre otros colectivos previstos en la norma.
En cambio, si esos parados con cotizaciones insuficientes son mayores de 52 años, pasan directamente a cobrar el subsidio para mayores de 52 años, es decir, continuarán percibiendo el 80% del IPREM -unos 480 euros- y cotizando para su jubilación igual que hasta ahora.
Desde el SEPE recuerdan que las ayudas concedidas antes de noviembre de 2024 mantienen sus importes vigentes. No existe efecto retroactivo, por tanto, los cambios se aplican únicamente a quienes pierdan su empleo a partir del 1 de noviembre de 2024.
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