Barcelona
El TSJC prohíbe al Ayuntamiento de Sant Pol que el catalán sea su única lengua
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado uno de los artículos del reglamento municipal de Sant Pol de Mar (Barcelona) en el que se instaba a redactar toda la documentación en catalán.
Se trata del inciso final del artículo 5.1 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado el 31 de julio de 2008, y que fue recurrido por el gabinete jurídico de Convivencia Cívica Catalana (CCC) a instancias de un concejal de un partido independiente de Sant Pol, Enrique Abad.
En su auto, el TSJC apela a otras sentencias sobre el mismo tema y asegura que la obligación de uso de una de las lenguas oficiales, excluyendo la posible utilización de la otra lengua también oficial, "no respetan el principio de cooficialidad"dispuesto en el artículo 3 de la Constitución.
"Una cosa es que el catalán sea la lengua de uso normal de las administraciones públicas, en cuanto a lengua propia de Catalunya, y otra distinta que se excluya totalmente el uso de la otra lengua cooficial", reza la sentencia.
La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo en el plazo de 10 días.
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