Sevilla

Rechazado un segundo recurso contra la legalidad de la Torre Pelli

Rechazado un segundo recurso contra la legalidad de la Torre Pelli
Rechazado un segundo recurso contra la legalidad de la Torre Pellilarazon

Sevilla- La Justicia ha vuelto a frenar las pretensiones de parar las obras de la construcción de la Torre Pelli. En este caso, el nuevo revés ha llegado con la decisión del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Sevilla, que mediante un auto fechado el 16 de julio inadmite el recurso presentado contra las licencias de construcción del edificio de 178 metros de altura promovido por Cajasol, entidad recientemente absorbida por La Caixa.

En concreto, el auto al que ha tenido acceso LA RAZÓN asegura que el recurso no puede ser admitido a trámite ya que se presentó fuera de los plazos establecidos por la legislación. Así, el juzgado explica que se interpuso el 27 de octubre de 2011, «transcurridos más de cuatro y tres años desde que se concedieron cada una de las licencias». Los recurrentes, miembros de la plataforma contra la construcción del rascacielos «Túmbala», que se personaron en el juzgado a título personal, apelan contra los dos acuerdos de la comisión ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo, fechados el 16 de julio de 2007 y el 17 de septiembre de 2008, que dieron luz verde al proyecto en época del PSOE.

Por ello, el tribunal entiende que el recurso llega una vez «transcurrido con exceso el plazo de dos meses del artículo 45.1 de la Ley Reguladora la Jurisdicción Contencioso Administrativo (LJCA)», por lo que señala que los recurrentes «tienen por objeto actos que son firmes y, en consecuencia, no susceptibles de recurso contencioso-administrativo», por lo que declara la inadmisibilidad del recurso.

Este revés se suma al que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ocasionó el pasado 12 de enero, cuando se pronunció en los mismo términos que éste sobre un recurso presentado en febrero de 2011. Sin embargo, el TSJA, del que el Contencioso-Administrativo toma sus argumentos en este último auto, pone de manifiesto que el recurso no se interpone contra la ejecución de las obras, supuesto en el que sí estarían dentro de plazo las alegaciones de los miembros de «Túmbala», sino «a la impugnación de la concesión de la licencia de obras, cuyo ejercicio sólo es posible mediante el cumplimiento de los requisitos procedimentales y de tiempo necesarios».

Para este tribunal, que ratifica el auto de «inadmisión» del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14, la acción de los demandantes pasados los dos meses de la concesión de las licencias de obras fue errónea, pues lo correcto «no era acudir a este orden jurisdiccional interponiendo recurso contencioso-administrativo extemporáneo, sino que lo correcto era solicitar la nulidad de las licencias» mediante otros cauces legales. Como sucedió en el primero, el tribunal deja abierta la puerta a un nuevo recurso ante el TSJA.

Con este nuevo apoyo de la Justicia, la Torre Pelli refueza su legalidad, puesta en entredicho desde el principio. De hecho, incluso el alcalde, Juan Ignacio Zoido, asumió como propia su defensa pese a haberse posicionado en su contra cuando estaba en la oposición. La indemnización por la paralización de los trabajos se cifra, según los promotores, en 250 millones de euros. Hay que recordar que Zoido se encargó recientemente de dar su apoyo al proyecto ante la Unesco, que amenazó a Sevilla con incluirla en su lista de ciudades con patrimonio en peligro, ya que aseguraba que el edificio afectaba a la Catedral, el Archivo de Indias y el Real Alcázar.