España

ANÁLISIS: La prisión permanente revisable un modelo vigente en la inmensa mayoría de Europa

La Razón
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- ¿En qué consiste el modelo de «prisión permanente revisable»?
–Como recuerda el magistrado Enrique López, esta figura judicial establece para los delincuentes unas penas mínimas a partir de las cuales se establezca una valoración de su grado de reinserción. Si la evaluación es negativa, el preso tendrá que esperar a la siguiente valoración. Si es positiva, podría quedar en libertad.

- ¿Qué países han adoptado este modelo?

– El magistrado recuerda que está vigente «en la inmensa mayoría de Europa»: Francia, Alemania, Italia y Gran Bretaña son algunos de los países que han adoptado esta figura. Eso sí, cada país ya elabora unas condiciones precisas según esté formulado su Código Penal.

- ¿Sería posible la aplicación de esta figura en España?
–Según han afirmado numerosos juristas, la prisión permanente revisable tendría perfecta cabida en nuestra Constitución. De hecho, se trata de uno de los compromisos anunciados por el PP –que defendió la medida en el Congreso– después de reunirse con las familias de Mari Luz Cortés y de la sevillana Marta del Castillo. Desde el PP reconocen que este modelo «no es exactamente cadena perpetua». Pero lo que sí defienden los populares es que el reo no sea excarcelado hasta que no se encuentre totalmente rehabilitado.