Derecho laboral

La Seguridad Social mantiene el control de las condiciones de las bajas laborales al dispararse su número

Las empresas deben proporcionar a la Seguridad Social información sobre las funciones específicas de cada trabajador que solicita la baja

Temporal.- La Seguridad Social registra 4.500 bajas laborales extraordinarias por daño físico o psicológico por la DANA
Temporal.- La Seguridad Social registra 4.500 bajas laborales extraordinarias por daño físico o psicológico por la DANAEuropa Press

Las solicitudes para suspender el trabajo y pedir una baja en la Seguridad Social se han disparado, generando gran preocupación entre las empresas y la propia Seguridad Social. Según ha confirmado el propio organismo, en el año 2023 se produjeron más de ocho millones de bajas laborales, lo que supuso un gasto de alrededor de 14 millones de euros al Estado. Ante este gran número de solicitudes, el Gobierno ha mostrado su preocupación y mantiene todas las medidas de control de las que dispone.

Las empresas deben detallar la labor del trabajador

La Seguridad Social mantiene las medidas de verificación de las bajas, ya que las empresas deben proporcionar a la Seguridad Social información sobre las funciones específicas de cada trabajador que solicita la baja. La idea de los evaluadores del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es determinar con total exactitud si el estado de salud del trabajador realmente justifica la incapacidad para desempeñar sus labores y que no haya resquicios para el fraude.

Evaluaciones médicas

Otra de las medidas que exigen son las revisiones médicas de los trabajadores para que aquellos que cuenten con bajas justificadas, lo estén el tiempo acorde a la enfermedad o condición laboral. Por ello, los trabajadores deben someterse a revisiones médicas frecuentes, tras las es posible que se exija la reincorporación antes de lograr la recuperación al completo si se detecta que ya no es necesaria la baja.

¿Quién paga las bajas laborales?

Según la normativa, la cuantía de esta prestación varía según el tipo de baja. En caso de enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador percibe el 60% de su base reguladora del día 4 al 20 de la baja, y el 75% a partir del día 21. En el caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales, el trabajador recibe el 75% de su base reguladora desde el día siguiente al de la baja.

En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, el salario es abonado por la empresa. En otros casos, como en los de enfermedad común o lesión, la primera quincena del mes corre a cargo de la empresa, mientras que la segunda se encarga de pagar el Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, la mutua correspondiente.

¿Cuánto tiempo puedo estar de baja?

Según apunta la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 169, la duración máxima de una baja laboral será de 365 días, más 180 prorrogables. Esto quiere decir que el trabajador tendrá un total de 545 días antes de regresar a su empleo.