Caso Bretón

ANÁLISIS: De qué se le acusa por Agustín Pérez-Cruz

La Razón
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- ¿Qué significa la acusación de «detención ilegal cualificada por desaparición de menores»?
–El juez considera que puede tener retenidos y ocultos a los dos menores desaparecidos en algún lugar y en contra de su voluntad. De esta forma, tanto sea el delito previsto y penado en el art. 165 del Código Penal (detención ilegal cualificada, por ser los detenidos –hermanos– dos menores de edad), como el previsto y sancionado en el art. 166 del C.P., por no dar el reo razón del lugar del paradero de los detenidos, se trata de delitos graves en atención a la pena grave atribuida a los mismos. Así, en este caso la pena sería de entre 5 y 6 años de cárcel. En el caso de que José Bretón no revelase el paradero de sus hijos, la pena sería mayor, de 6 a 9 años de prisión.

- ¿Por qué se acusa también a José Bretón de simulación de delito?
–La imputación judicial vendría fundada en la denuncia, realizada por el padre, referida a la desaparición de sus hijos. En cualquier caso, este delito, ubicado sistemáticamente dentro de los delitos contra la administración de Justicia, esta sancionado con pena de multa de 6 a 12 meses.

- ¿Por qué se decreta prisión incondicional y sin fianza?
–En atención a la gravedad de los delitos imputados y, obviamente, por la posibilidad de destrucción de pruebas y fuga del acusado, es perfectamente viable la medida cautelar personal adoptada judicialmente. La prisión incondicional sólo podrá ser decretada cuando la pena máxima por los delitos que se le imputan al acusado sea igual o superior a dos años de prisión, requisito que se da en atención a lo indicado anteriormente.

Agustín Pérez-Cruz
Catedrático de Derecho Procesal