Tribunales

El Supremo fija como delito de atentado las agresiones a médicos «funcionarios»

La Razón
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Madrid- Las agresiones a los médicos contratados por la Sanidad Pública constituyen un delito de atentado y no meras lesiones. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo (TS) en una sentencia en la que eleva la condena a un ciudadano marroquí que apuñaló a su dentista por hacerle daño al extraerle una muela. En un primer momento, Faisal El Matni fue condenado a cuatro años y 10 meses de cárcel por un delito de lesiones con el uso de medio peligroso, pero fue absuelto del delito de atentado. El TS aumenta la pena hasta los seis años de cárcel.

La sentencia de la Sala Penal parte de que, para se pueda considerar un delito de atentado, la víctima debe ser autoridad, agente o funcionario público. Pero dentro de este último apartado no se incluyen sólo quienes ejerzan su función dentro de la Administración pública, sino también todos aquellos que, habiendo sido nombrados por la autoridad competente «participen en el ejercicio de funciones públicas» y que el órgano donde desarrollen esas funciones sea igualmente público. Se trata «de proteger el ejercicio de la función pública en su misión de servir a los intereses generales». Por ello, el TS concluye que el dentista desarrollaba en su centro público de salud de Gerona funciones públicas «que coexisten con otras finalidades relacionadas con la salud individual durante los actos en que consiste la prestación asistencial».